STSJ País Vasco 179/2010, 10 de Marzo de 2010

PonenteANGEL RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJPV:2010:4070
Número de Recurso1504/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución179/2010
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1504/07

DE Ordinario

SENTENCIA NUMERO 179/2010

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON ÁNGEL RUIZ RUIZ

DON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

En Bilbao, a diez de marzo de dos mil diez.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1504/07 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el Decreto 105/2007, de 26 de junio, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamento y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, publicado en el Boletín Oficial del Pais Vasco nº 125 de 29 de junio de 2007, en relación con el puesto de trabajo código NUM000, Auxiliar General, Dotación 335 de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, con destino en Bilbao.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE : Dª. Salome, representada por la Procuradora Dª. MARGARITA BARREDA LIZARRALDE y dirigida por el Letrado D. SANTIAGO RICO DEHESA.

- DEMANDADA : ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁNGEL RUIZ RUIZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 27 de septiembre de 2007 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que la Procuradora Dª. MARGARITA BARREDA LIZARRALDE actuando en nombre y representación de Dª. Salome, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 105/2007, de 26 de junio, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamento y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 125 de 29 de junio de 2007 ; quedando registrado dicho recurso con el número 1504/07.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que:

  1. - Se estime el presente recurso contencioso-administrativo.

  2. - Se anule el Anexo I en cuanto contempla, en el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, en la Delegada Territorial de Bizkaia, la modificación del Puesto 1987, Dotación 29, de Auxiliar Información y Personal, por el Puesto NUM000, Dotación 335, de Auxiliar General.

  3. - Se condene a la Administración, a retrotraer el proceso de valoración al momento de realización del análisis del puesto.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto y confirme la disposición recurrida.

CUARTO

Por auto de 6 de mayo de 2008 se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

SEXTO

En los escritos de conclusiones las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SÉPTIMO

Por resolución de fecha 02/03/10 el pasado día 09/03/10 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña Salome recurre el Decreto 105/2007, de 26 de junio, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamento y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 125 de 29 de junio de 2007.

El recurso gira en relación con el puesto de trabajo código NUM000, Auxiliar General, Dotación 335 de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, con complemento de destino 16 y específico VII-A, con destino en Bilbao.

Con la RPT recurrida y el Decreto que la aprueba se modificó el previo puesto denominado Auxiliar de Información y Personal, puesto 1978, dotación 29, para ser transformado en puesto código NUM000, Auxiliar General, dotación 335; esas precisiones las vemos reflejadas en las páginas 101 y 418 del suplemento al nº 125 del Boletín Oficial del País Vasco de 29 de junio de 2007.

SEGUNDO

La demanda.

Con ella se interesa que se estime el recurso y que se anule el Anexo I del Decreto recurrido, en relación con la referida modificación del puesto 1978 dotación 29 de Auxiliar de Información y Personal, por el puesto NUM000, Dotación 335 de Auxiliar General, con condena a la Administración para retrotraer el proceso de valoración al momento de la realización del análisis del puesto.

Vemos como, por tanto, la pretensión que se ejercita en la demanda, además de anulatoria parcial del Decreto recurrido, incidiría en un aspecto procedimental, porque se interesa que se ordene retrotraer el proceso de valoración al momento del análisis del concreto puesto en el que inciden el recurso y los intereses de la demanda.

La demandante indica que es Funcionaria de Carrera del Cuerpo Auxiliar Administrativo, Grupo D, adscrita a la Delegación Territorial de Bizkaia, ocupando el puesto de Auxiliar Información y Personal, Código NUM001 Dotación 29, Complemento de Destino 16, habiéndose iniciado el proceso de modificación de la RPT en octubre de 2005, habiendo y recibido de la Dirección de Función Pública propuesta de modificación recogida en la Monografía, con remisión a los folios 10 a 13 del expediente, por la que el Puesto pasaba a denominarse NUM002 -Auxiliar General, Grupo D/E, adscrito al Área Funcional C01, Administración General, Dotación 29, trasladando, de forma destacada, la misión encomendada, las funciones y las tareas que incorpora la demanda.

Señala que en el mes de marzo de 2007 la demandante formuló escrito de alegaciones contra la propuesta de modificación, oponiéndose a las modificaciones producidas, con remisión al escrito que consta a los folios 24 a 26 del expediente, en el que se solicitó una nueva denominación del puesto, no como Auxiliar General, sino como Administrativo de Personal y valoración de la dotación, porque alguna de las funciones y tareas que ejercía no se contemplaban en la monografía, trasladando las funciones y tareas no contempladas remarcando en la demanda esa circunstancia.

Se remite al Decreto recurrido por el que se aprobó la Relación de Puestos de Trabajo y el contenido que incorporó, al que antes nos referíamos, en relación con el Puesto de Trabajo de la demandante, Código NUM000 Auxiliar General Grupo D, Dotación 335, Delegación Territorial de Bizkaia, Complemento de Destino 16 y Específico VII-A, con remisión de que así estaba corroborado por la Monografía definitiva que consta en el expediente a los folios 28 a 30, con remisión a lo que destaca en cuanto a Misión, Funciones y Tareas.

Señala que con posterioridad a la publicación de la RPT, por Resolución del Director de Función Pública de 31 de octubre de 2007, documento obrante a los folios 435 a 444, se había procedido a contestar a las alegaciones formuladas, con referencia genérica a la definición de los puestos, valoración de funciones, etc, que se dice en nada contestaría a las reclamaciones presentadas en su escrito de alegaciones.

La demandante, en cuanto a la valoración de las funciones y tareas, se remite a los folios 1 a 168 en relación con Resolución de 22 de junio de 2007 del Viceconsejero de Función Pública, de donde deduce que la valoración del puesto sería la que reproduce en relación con las funciones y tareas.

También precisa que solicitó Informe del Análisis del Puesto Tipo (Cluster C002-0) correspondiente al puesto de Auxiliar General, cuando solamente se aportó al expediente el Informe de Análisis del Puesto Tipo de las dotaciones de Hacienda, Cultura y Agricultura, así folios 169 a 246, de lo que viene a deducir que no se había analizado el puesto Auxiliar Información y Personal, Código NUM001, ni las dotaciones correspondientes al mismo, entre las que se encontraba la de la recurrente como veíamos dotación 29.

Para la demanda el Decreto recurrido sería nulo por infracción de los artículos 3, 4, 5 y 6 del Decreto 78/2005 de 12 de abril, por el que se regulan las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, así como de los artículos 3, 4 5 y 7 de la Orden de 21 de octubre de 2005 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre procedimientos de elaboración y modificación de las Monografías de los Puestos de Trabajo, en relación con los artículos 3 y 4 del Decreto 79/2005 de 12 de abril, por el que se regulan las retribuciones complementarias de los Puestos de Trabajo reservados a Personal Funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como por infracción del artículo 54.1.a) y f) de la Ley 30/92 .

En relación con la modificación del Puesto 1987 Dotación 29, Auxiliar Información y Personal, y nuevo Puesto NUM000, Auxiliar General Dotación 335, con la asignación de Misiones, Funciones y Tareas y retribuciones complementarias ( Complemento de Destino y Complemento Específico ), se considera incorrecto porque incorrecto fue el encuadramiento, así como la asignación de Funciones y Tareas y por ello se concluye en la errónea valoración por la falta de análisis del Puesto objeto de discusión.

Se retoma, en relación con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR