STSJ País Vasco 2028/2010, 12 de Julio de 2010

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2010:3024
Número de Recurso1340/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2028/2010
Fecha de Resolución12 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1340/10

N.I.G. 20.05.4-09/001830

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a doce de julio de dos mil diez. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos. Sres. D. MANUEL DIAZ DE RÁBAGO VILLAR, Presidente en funciones, D. JUAN CARLOS ITURRI GÁRATE y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Africa - AUXILIAR DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL DE LAS DEMANDADAS, TIRADORES EGOKI S.L., GRUPO EGOKI 2005 S.L., INDEZAK FOUNDRY SERVICES S.L., DEPROZAK S.L., LAMPARAS Y DECORACION LAMDEC S.L., SUPPLY CHAIN S.L., contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº3 (Donostia) de fecha veintiséis de Enero de dos mil diez, dictada en proceso sobre CANTIDAD, y entablado por Melchor, Roberto, Jose Ramón, Luis Pedro, Pedro Enrique, Rosaura, Benito, Conrado, Enrique, Narciso, Roman, Víctor, Adrian ., Benjamín

, Cornelio, Eulogio, Genaro, Natividad, Enriqueta, Juan Luis, Amadeo, Blas, Lorenza, Otilia, Eduardo, Sonia, María del Pilar, Fulgencio, Isidoro, Manuel, Patricio, Saturnino, Casilda, Jose Miguel, Jesus Miguel, Alexis, Borja, Dimas, Fausto, Graciela, Margarita, Imanol, Lucas, Ovidio, Segismundo, Jose Augusto, Juan María, Alfredo, Bernardo, Donato y Florencio frente a FOGASA, TIRADORES EGOKI S.L.

, GRUPO EGOKI 2005 S.L., INDEZAK FOUNDRY SERVICES S.L., DEPROZAK S.L., LAMPARAS Y DECORACION LAMDEC S.L., SUPPLY CHAIN S.L., Lorenzo, Pascual, Severiano, ADMINISTRACION CONCURSAL DE LAS DEMANDADAS y SERVICIOS DE MONTAJE INTEGRAL DEL BODASOA S.L. .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

" 1º.- Que parte de los demandantes en el presente procedimiento han venido trabajando por orden y cuenta de DEPROZAK S.L. con las siguientes antigüedades, categorías y salarios:

Nombre y Apellidos

Benito

Conrado

Enrique

Narciso

Rosaura

Roman

Víctor

Adrian

Melchor

Benjamín

Cornelio

Antiguedad 1/11/87

14/9/93

14/5/03

3/12/01

13/2/06

1/11/79

1/11/79

12/7/06

1/11/79

14/3/90

23/9/98

Categoría

Oficial 1ª

Encargado

Oficial 2ª

Oficial 1ª Adm.

Jefa de Calidad Oficial 3ª

Oficial 3ª

Oficial 3ª

Oficial 3ª

Jefe Taller

Oficial 2ª

Salario día

87,88E

89,56E

66,87E

74,21E

83,43E

13,69E

29,12E

64,39E

13,28E

107,07E

69,41E

  1. - Que parte de los demandantes en el presente procedimiento han venido trabajando por orden y cuenta de LAMPARAS DECORACIONES LAMDEC S.L. con las siguiente antigüedades, categorías y salarios:

    Eulogio

    Genaro

    Natividad

    Enriqueta

    Juan Luis

    Amadeo

    Blas

    Lorenza

    Otilia

    Eduardo

    Sonia María del Pilar Fulgencio Roberto Isidoro Manuel Patricio Saturnino Casilda Jose Miguel Jesus Miguel 1/5/86 28/05/01 21/12/04 21/3/94 21/6/05 18/6/99 1/5/86

    1/5/08 29/7/08 1/5/86 22/3/91 21/3/94 1/5/86

    1/5/86 20/11/03 23/5/94 10/1/94 1/5/86

    1/5/86

    1/5/86 23/12/04 Peón Espec.

    Delin.Proyec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Delieante

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Jefe Taller

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Encargado

    Resp. Oficina 8,75E

    86,15E

    54,28E

    59,12E

    62,31E

    58,03E

    58,65E

    55,89E

    56,41E

    59,38E 66,65E

    54,72E

    8,75E

    81,12E

    34,81E

    59,08E

    8,75E

    8,75E

    19,75E

    11,82E

    16,58E

  2. - Que parte de los demandantes en el presente procedimiento han venido trabajando por orden y cuenta de SERVICIOS MONTAJES INTEGARLES BIDASOA S.L. con ls siguientes antigüedades, categorías y salarios:

    Alexis

    Borja

    Dimas

    Fausto

    Graciela

    Pedro Enrique

    Jose Ramón

    Luis Pedro 20/9/99 1/5/86 7/10/98 7/10/86 1/5/86

    1/5/86 24/1/06 10/10/07

    Peón Espec.

    Peón Espec. Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    Peón Espec.

    53,97E

    58,12E

    57,72E

    8,75E

    8,75E

    48,26E

    59,98E

    63,17E

  3. - Que parte de los demandantes en el presente procedimiento han venido trabajando por orden y cuenta de INDEZAK FOUNDY SERVICES S.L. con las siguientes antigüedades, categorías y salarios:

    Margarita

    Imanol

    Lucas

    Ovidio

    Jose Augusto

    Juan María

    Alfredo

    Bernardo

    Segismundo

    Florencio 24/5/04 1/11/07 22/2/99 20/4/97 26/6/00 16/12/04 7/6/05

    24/1/02

    19/10/00

    6/7/98

    Aux.Adm.

    Jefe Sección 2ª

    Oficial 2ª

    Encargado

    Encargado

    Oficial 2ª

    Oficial 2ª

    Ingen.Tecn.

    Oficial 2ª

    Encargado

    61,93E

    88,77E

    69,66E

    76,85E

    76,85E

    67,34E

    66,51E

    102,07E

    66,93E

    79,91E

  4. - Que parte de los demandantes en el presente procedimiento Han venido trabajando por orden y cuenta de TIRADORES EGOKI S.A. con las siguientes antigüedades, categorías y salarios:

    Donato

    17/9/01

    Oficial Adm. 1ª

    66,78E

  5. - Que mediante resoluciones de 7 de noviembre de 2008, dictada por la Delegada Territorial de Guipúzcoa del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, en varios Expedientes de Regulación de Empleo presentados por las empresas codemandadas, se autorizó la extinción de los contratos de trabajo de la plantilla de dichas empresas demandadas, entre los que se encontraban los demandantes, homologando el acuerdo alcanzado entre la representación de los trabajadores y la empresa, dentro del periodo de consultas de los citados ERE.

  6. - Que la empresa DEPROZAK S.L. no ha aonado a los siguientes demandantes el salario por las siguientes cantidades:

    A D. Benito la suma total de 10.935,27 euros.

    A D. Conrado la suma total de 11.386,14 euros.

    A D. Enrique la suma total de 7.139,58E

    A D. Narciso la suma total de 7.878,04E

    A D. Rosaura la suma total de 9.877,23E

    A D. Roman la suma total de 1.548,39E

    A D. Víctor la suma total de 1.591,81E

    A D. Adrian la suma total de 7.032,77E

    A D. Melchor la suma total de 1.507,67E

    A D. Benjamín la suma total de 12.646,48E

    A D. Cornelio la suma total de 8.038,42E

  7. - Que la empresa LAMPARAS Y DECORACIONES LAMDEC S.L. no ha abonado a los siguientes demandante el salario por las siguientes cantidades:

    A D. Eulogio la suma total de 953,15E

    A D. Genaro la suma total de 9.991,09E

    A D. Natividad la suma total de 5.973,99E

    A D. Enriqueta la suma total de 6.540,61E

    A D. Juan Luis la suma total de 7.058,77E

    A D. Amadeo la suma total de 6.457,76E

    A D. Blas la suma total de 6.701,04E

    A D. Lorenza la suma total de 6.281,57E

    A D. Otilia la suma total de 5.149,73E

    A D. Eduardo la suma total de 6.575,4E

    A D. Sonia la suma total de 5.429,12E

    A D. María del Pilar la suma total de 5.490,01E A D. Fulgencio la suma total de 953,08E

    A D. Roberto la suma total de 3.431,44E

    A D. Isidoro la suma total de 3.814,53E A D. Manuel la suma total de 6.533,18E

    A D. Patricio la suma total de 953,08E

    A D. Saturnino la suma total de 953,08E

    A D. Casilda la suma total de 961,17E

    A D. Jose Miguel la suma total de 1.283,35E

    A D. Jesus Miguel la suma total de 1.857,37E

  8. - Que la empresa SERVICIOS MONTAJES INTEGRALES BIDASOA S.L. no ha abonado a los siguientes demandantes el salario por las siguientes cantidades:

    A D. Alexis la suma total de 4.800,16E

    A D. Borja la suma total de 5.130,67E

    A D. Dimas la suma total de 5.033,3E

    A D. Jose Ramón la suma total de 4.516,4E

    A D. Pedro Enrique la suma total de 820,4E

    A D. Fausto la suma total de 820,41E

    A D. Graciela la suma total de 820,41E

    A D. Luis Pedro la suma total de 3.813,63E

  9. - Que la empresa INDEZAK FOUNDY SERVICES S.L. no ha abonado a los siguientes demandantes el salario por las siguientes cantidades:

    A D. Margarita la suma total de 6.310,07E

    A D. Imanol la suma total de 10.956,75E

    A D. Lucas la suma total de 7.716,03E

    A D. Ovidio la suma total de 8.654,37E

    A D. Jose Augusto la suma tota de 8.363,02E

    A D. Juan María la suma total de 7.448,29E

    A D. Alfredo la suma total de 7.472,74E

    A D. Bernardo la suma total de 11.341,48E

    A D. Segismundo la suma total de 7.320,41E

    A D. Florencio la suma total de 8.837,35E

  10. - Que la empresa TIRADORES EGOKI S.A. no ha abonado a los siguientes demandantes el salario por las siguientes cantidades:

    A D. Donato la suma de 7.216,05E

  11. - Que mediante Auto de fecha 28 de noviembre de 2008 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de San Sebastián, en el procedimiento de concurso registrado con el nº 433/2008, se acordó declarar el concurso voluntario de GRUPO EGOKI 2005 S.L., INDEZAK FOUNDRY SERVICES S.L., SERVICIOS DE MONTAJE INTEGRAL DEL BIDASOA S.L., DEPROZAK S.L., LAMPARAS Y DECORACIONES LAMDEC S.L. y SUPPLY CHAIN S.L.

  12. - Que mediante Auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de San Sebastián el día 14 de noviembre de 2008, en el procedimiento de concurso registrado con el nº 413/2008, se acordó declarar el concurso necesario a la mercantil TIRADORES EGOKI S.L.

  13. - Que mediante Auto de fecha 22 de enero de 2009 el Juzgado de lo Mercantil acordó la acumulación del procedimiento nº 413 al tramitado con el nº 433.

  14. - Que el Sr. Enrique, el Sr. Narciso, el Sr. Roman, el Sr. Ovidio, el Sr. Jose Augusto, el Sr. Alfredo y el Sr. Segismundo, fueron operarios contratados por E.T.T. W-ZITAP S.L. mediante diversos contratos temporales sin solución de continuidad, para trabajar para las empresas por orden y cuenta de las cuales fueron finalmente contratados directamente, para realizar la misma prestación de servicios.

  15. - Que el Sr. Eulogio, Sr. Genaro, Sra. Enriqueta, Sr. Amadeo, Sr. Blas, Sr. Saturnino, Sra. Sonia, Sra. María del Pilar, Sr. Fulgencio, SR. Roberto, Sr. Manuel, Sr. Patricio, Sr. Melchor, Sra. Casilda, Sr. Jose Miguel, Sr. Alexis, Sr. Dimas, Sr. Borja, Sr. Pedro Enrique, Sr. Fausto y Sra. Graciela comenzaron a prestar servicios para la empresa TRANSFORMADORES Y ACABADOS MENDELU SOCIEDAD COOPERATIVA, y después, tras transformarse esta mercantil el día 20 de noviembre de 2003 en la mercantil codemandada LAMPARAS Y DECORACIONES...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR