SAP León 315/2010, 29 de Septiembre de 2010

PonenteALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ
ECLIES:APLE:2010:1224
Número de Recurso381/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución315/2010
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00315/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEON

Sección Segunda 002

N00050

C., EL CID, 20

Tfno.: 987/233159 Fax: 987/232657

N.I.G. 24089 37 1 2010 0200734

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000381 /2010

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000026 /2009

Juzgado nº 1 de Ponferrada

De: Javier, Pelayo, Jose Miguel

Procurador: MARIA ENCINA MARTINEZ RODRIGUEZ,

Contra: Amador

Procurador: MARTA ALUNDA ESPINOSA

SENTENCIA NUM. 315-10

ILMOS/A. SRES/A.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

Dª Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada

En León, a veintinueve de septiembre de dos mil diez. VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de León, los Autos de Procedimiento Ordinario 26/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº. 1 de Ponferrada, a los que ha correspondido el Rollo Recurso de Apelacion (LECN) 381/2010, en los que aparecen como parte apelante D. Javier, D. Pelayo y D. Jose Miguel, representados por la Procuradora Dña. Maria Encina Martínez Rodríguez y asistidos por el Letrado D. Félix Mateos González y como parte apelada D. Amador, representado por la Procuradora Dña. Marta Maria Alunda Espinosa y asistido por la Letrada Dña. Ana María Sánchez Colino, sobre obligación de hacer, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 25 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Don Javier, Pelayo, Jose Miguel, contra Don Amador, debo absolver y absuelvo al anterior demandado de las pretensiones formuladas en su contra, con imposición a la parte actora del pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, se interpuso por la parte demandante recurso de apelación ante el Juzgado, y dado traslado a la contra parte, por ésta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la deliberación, el día 28 de septiembre actual.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda en que D. Javier, D. Pelayo y D. Jose Miguel reclamaban la condena de su también hermano D. Amador a suscribir la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia de sus difuntos padres D. Jose Miguel y Dña. Mariola, cuyo borrador se adjuntó al referido escrito rector y fue incluso en la audiencia previa corregido como consecuencia de los errores denunciados en la contestación a la demanda.

La razón de dicha desestimación viene dada por la discrepancia del demandado con la descripción de dos de las fincas inventariadas, colindantes entre si y más concretamente por una hipotética intromisión con la construcción de un muro por parte de D. Javier en uno de los linderos de la adjudicada a D. Amador, que por tal concreta y única razón se niega a firmar.

El recurso de la parte actora resalta que ninguna prueba ha aportado el demandado que sustente la intromisión y el cambio de lindes denunciados y que la partición y adjudicación de la herencia se hizo hace más de veinte años, en vida de los causantes y que por ello no se puede acudir ahora a la división judicial del patrimonio, sin perjuicio de que los herederos enfrentados por tan concreta cuestión, cual es por dónde deba discurrir el límite entre dos de sus parcelas, la sustancien y decidan entre ellos dos en el procedimiento que corresponda y de forma independiente.

SEGUNDO

Está unánimamente admitido por todos los litigantes que, en vida de sus padres y hace ya más de veinte años, repartieron el capital de los mismos, reconociendo el demandado en el...

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