SAP A Coruña 389/2010, 30 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2010:2657
Número de Recurso595/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución389/2010
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00389/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION 595/2009

SENTENCIA

NÚM ...

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN 3ª, ILMOS. SRES.:

DON JUAN ÁNGEL RODRÍGUEZ CARDAMA, PTE.

DOÑA MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA

DON RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA

En A Coruña, a treinta de septiembre de dos mil diez.

Vistos por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de juicio ordinario núm. 1434/2008 que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de A Coruña, en los que es parte apelante-apelada, VEGO SUPERMERCADOS, S.A., con domicilio en calle Gambrinus, 11, Polígono de La Grela, A Coruña, con número de identificación fiscal A 36842656, representada por el Procurador don Gonzalo Lousa Gayoso, bajo la dirección del Abogado don José-María Muñoz Nieto; y como apelantesapelados: DON David, con domicilio en A Coruña, CALLE000, nº NUM000, NUM001 NUM002, titular del documento nacional de identidad número NUM003, DOÑA Andrea, vecina de A Coruña, con domicilio en la CALLE000, nº NUM000, NUM001 NUM002, titular del documento nacional de identidad número NUM004, DON Pablo, vecino de Frades (A Coruña), con domicilio en DIRECCION000 NUM007, titular del documento nacional de identidad NUM005, DOÑA Filomena, vecina de Frades (A Coruña), con domicilio en DIRECCION000 NUM007, titular del documento nacional de identidad número NUM006 y DON Porfirio, vecino de A Coruña, con domicilio en DIRECCION001, NUM008 NUM009, titular del documento nacional de identidad número NUM010, representados por el Procurador don Diego Ramos Rodríguez, bajo la dirección del Abogado don Porfirio ; versando la apelación sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

Aceptando los de la sentencia apelada de fecha doce de junio de dos mil nueve, dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez de Primera Instancia núm. 1 de A Coruña, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por la entidad VEGO SUPERMERCADOS S.A.U., representada por el Procurador don Gonzalo Lousa Gayoso, contra don David, doña Andrea, don Pablo, doña Filomena y don Porfirio, representados por el Procurador don Diego Ramos Rodríguez, DEBO CONDENAR Y CONDENO SOLIDARIAMENTE A LOS DEMANDADOS A QUE ABONEN A LA PARTE DEMANDANTE EL IMPORTE DE CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (45.970,42), incrementada con los intereses moratorios pactados desde la fecha de presentación de la demanda y hasta la fecha de la presente resolución y desde ésta con los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

En materia de costas, corresponde a cada parte el abono de las causadas a su instancia, siendo el de las comunes por mitad".

PRIMERO

Interpuesta la apelación por Vego Supermercados, S.A., don David, doña Andrea, don Pablo, doña Filomena y don Porfirio, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dichos recursos los Procuradores don Gonzalo Lousa Gayoso y don Diego Ramos Rodríguez.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 05 de noviembre de 2009, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente rollo y designando ponente. Se personó en esta alzada el Procurador don Diego Ramos...

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