AAP Santa Cruz de Tenerife 12/2009, 28 de Enero de 2009

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2009:74A
Número de Recurso302/2004
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución12/2009
Fecha de Resolución28 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

AUTO Nº. 12/09

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Pablo José Moscoso Torres (Ponente)

Magistrados:

D./Dª. Emilio Fernando Suárez Díaz

D./Dª. Pilar Aragón Ramírez .

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de enero de dos mil nueve .

Dada cuenta; y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos nº. 302 del año 2004 del Juzgado de 1ª. Instancia número 1 de Arona se dictó sentencia el veintiuno de enero de dos mil ocho .

SEGUNDO

Notificada debidamente esta resolución a las partes, se presentó escrito por el Procurador Don Leopoldo Pastor Llarena, en nombre y representación Dª. Mónica, mediante el que se solicitaba se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó emplazar a la parte recurrente por veinte días para la interposición del recurso correspondiente; en el plazo conferido dicha parte interpuso el correspondiente recurso. Dado traslado del mencionado recurso a las otras partes por diez días, en este plazo, el Procurador D. Leopoldo Pastor Llarena en nombre y representación de Dª. Mónica, presentó escrito en el que se oponía al recurso de contrario y por resolución de fecha 10 de noviembre de 2008 se acordó remitir los autos a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y emplazar a las partes por término de treinta días ante la misma, emplazamiento que se realizó el día 12 de noviembre de 2008.

TERCERO

Recibidos los autos con los escritos del recurso y de oposición en esta Sala, se acordó, mediante providencia de fecha 12 de diciembre de 2008, incoar el presente rollo, designar Ponente, y estar a que transcurra el plazo de emplazamiento de las partes, sin que, transcurrido el mismo, se haya personado la parte apelante.

Visto siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Pablo José Moscoso Torres.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Vista la incomparecencia de la parte apelante, ante esta Sala y pese al emplazamiento formulado por el Juzgado de 1ª. Instancia en fecha 10 de noviembre de 2008, procede declarar desierto el recurso. Debe ser así, de conformidad al criterio recogido por el Tribunal Supremo, con base en la resolución dictada por el Tribunal Constitucional, en auto de 21 de Junio de 2005 que literalmente dice: "La consecuencia de no comparecer la parte recurrente, dentro...

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