AAP Madrid 1241/2009, 21 de Octubre de 2009
Ponente | RAFAEL MOZO MUELAS |
ECLI | ES:APM:2009:16284A |
Número de Recurso | 226/2009 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 1241/2009 |
Fecha de Resolución | 21 de Octubre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª |
ROLLO RT Nº 226/09
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE COSLADA
D. P. Nº 262/06
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCIÓN 23ª
Dª María Riera Ocáriz
D. Rafael Mozo Muelas
D. Nuria Barabino Ballesteros
AUTO Nº 1241/09
En Madrid, a 21 de Octubre de 2009.
Por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Coslada, se dictó en Diligencias Previas nº 262/06, auto de fecha 3 de Julio de 2008, que acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
Notificada la misma, se interpuso contra ella recurso de apelación por el letrado D. Francisco Altagracia en representación de Juan .
Juan, que fue admitido en ambos efectos y una vez evacuado el preceptivo trámite de alegaciones, se elevaron las actuaciones ante la Audiencia Provincial
Una vez recibidas las actuaciones en esta Sección 23ª, formado el rollo 226/09 se señaló la deliberación del recurso, declarándose los autos vistos para dictar la presente resolución.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Rafael Mozo Muelas.
La representación del perjudicado aduce en el recurso que sufrió un accidente cuando prestaba su servicio a Valeriano, recogiendo Chatarra, interesando la continuación de la instrucción de la causa.
Examinado el testimonio remitido se observa que contamos con las declaraciones contradictorias del denunciante y denunciado, pues cada uno ofrece su propia versión.
Por un lado, las lesiones sufridas por el denunciante que vienen recogidas en el informe del médico forense son compatibles con una caída o precipitación desde el falso techo de una nave, como relata el denunciante o bien que se cayese del camión a una altura de 1,10 metros, como mucho, según manifestó el denunciado.
Ahora bien, existe un dato que no puede soslayarse, pues los agentes de la policía local nº NUM000 y NUM001 relataron en el atestado que se personaron dentro de la empresa Gate España Automoción y vieron a Juan tumbado en una camilla que se quejaba de la muñeca y cadera del dedo izquierdo, y a su lado estaba Valeriano, pudiendo observar que el lesionado presentaba una fractura abierta del cúbito y del radio del brazo izquierdo, fuertes dolores en la cadera y de la pierna del lado izquierdo. Añadiendo que" Valeriano nos informa que el individuo que ha sufrido el accidente trabaja para él de forma esporádica y que le paga por día trabajado, que tiene concertado con Gate España la recogida de la chatarra de estos y por ese motivo...
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