AAP Jaén 33/2009, 30 de Abril de 2009
Ponente | JOSE CALIZ COVALEDA |
ECLI | ES:APJ:2009:179A |
Número de Recurso | 153/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 33/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN
SECCIÓN TERCERA
A U T O Núm. 33/09
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA
Magistrados
Dª.LOURDES MOLINA ROMERO
D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES
En la Ciudad de Jaén, a treinta de abril de dos mil nueve.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén, formada por los Iltmos. Sres. al margen relacionados, han visto en grado de Apelación el precedente Rollo y Autos Civiles dimanante de los Autos de Juicio de Cuestiones Incidentales, seguidos en primera instancia con el núm. 490/90, por el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Jaén, Rollo de Apelación de esta Audiencia núm. 153/09 a instancia de
D. Fabio, representado en ambas instancias por el Procurador de los Tribunales Sr. Jiménez Cozar y defendido por el Letrado Sr. Navarro Pérez, contra Herederos de D. Hilario, representados en ambas instancias por el Procurador de los Tribunales Sr. Méndez Vilchez y defendidos por el Letrado Sr. Robles Álvarez de Morales; contra D. Leandro, representado en ambas instancias por la Procuradora Sra. Marín Hortelano y defendido por el Letrado Sr. Romero Romero, habiendo sido parte el Abogado del Estado.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho del Auto apelado dictado por el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Jaén, con fecha 13 de enero de 2009.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó Auto que contiene la siguiente parte dispositiva: "Que desestimando el recurso de reposición contra la providencia de 30 de octubre de 2008, y en consecuencia queda confirmada continuándose la tramitación de la impugnación de costas por indebidas y excesivas."
Contra dicho Auto se preparó e interpuso por D. Fabio, en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó por Herederos de
D. Hilario, por el Sr. Abogado del Estado y por D. Leandro escrito de oposición; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.
En la tramitación del presente rollo se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA, que expresa el parecer de la Sala.
ACEPTANDO los Razonamientos Jurídicos de la Resolución impugnada.
Frente al Auto de fecha 13 de enero de 2009, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra la providencia del mismo Juzgado de fecha 30 de octubre de 2008, que acordaba dar traslado de la tasación de costas a las partes por el plazo común de diez dias, se alza en apelación el demandante D. Fabio, alegando los mismos motivos y argumentos que ya adujo en la instancia, esto es, la...
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