AAP Las Palmas 194/2009, 16 de Septiembre de 2009

PonenteMARIA DE LA PAZ PEREZ VILLALBA
ECLIES:APGC:2009:2103A
Número de Recurso171/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución194/2009
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Emma Galcerán Solsona

Magistrados:

D./Dª. María Elena Corral Losada

D./Dª. María De La Paz Pérez Villalba (Ponente)

AUTO

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 16 de septiembre del 2.009.

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra el Auto pronunciado por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Telde en el procedimiento referenciado (Ejecución Judicial 659/2007) seguido a instancia de D ª Camila, parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador D ª Margarita Martell Moreno y asistida por el Letrado Don Francisco Hernández Hernández, contra LA ENTIDAD ASEGURADORA AXA, parte apelante, representada en esta alzada por el Procurador D ª M ª Jesús Sagredo Pérez y asistida por el Letrado Don David Acosta Aide, siendo ponente el Sr. Magistrado Doña María De La Paz Pérez Villalba, quien expresa el parecer de la Sala.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 5 de Telde, se dictó Auto en el referido procedimiento cuya parte dispositiva literalmente establece tras la rectificación de error material:

1. - SE DESESTIMA TOTALMENTE LA OPOSICIÓN, a los solos efectos de esta ejecución, la oposición formulada por el Procurador D/Dña. Francisco Beltran Sierra, en nombre y representación de D/Doña Axa, a la ejecución despachada a instancia del Procurador D/Doña. Concepción Sánchez Macías, en nombre y representación de D/Dña Camila, en reclamación de 3.384#24 euros de principal más 1097#79 euros de intereses vencidos más 1. 400euros de intereses y costas procesales calculadas provisionalmente.

2. - Se condena a la parte ejecutada al pago de las costas de la oposición a la ejecución

SEGUNDO

Dicho Auto, de fecha 28 de octubre del 2.008, se recurrió en apelación por la parte ejecutada, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 26-6-2009. TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La demanda ejecutiva se basa en el auto de cuantía máxima de fecha 22 de junio del

2.007 . La ejecutada aseguradora Axa como motivos de oposición alegó la falta de legitimación pasiva ad causam por ausencia de responsabilidad en el accidente del vehículo por ella asegurada, así como fuerza mayor, (artículo 556.3 2 ª de la LEC ), culpa exclusiva de la víctima (artículo 556.3. 1 ) y concurrencia de culpas (artículo 556.3.3 ª) al estimar que el accidente se debió a la ausencia de señalización en las vías por la que circulaban los vehículos por unas obras de asfaltado del Ayuntamiento de Agüimes, siendo así que antes de dichas obras era vía preferente la vía por la que circulaba el vehículo asegurado por la compañía ejecutada, que en la confianza de que seguía teniendo preferencia no cedió el paso al otro vehículo que circulaba por una vía que tenía hasta entonces un stop, achacando la...

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