AAP Castellón 423/2009, 22 de Septiembre de 2009
Ponente | PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO |
ECLI | ES:APCS:2009:1026A |
Número de Recurso | 349/2009 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 423/2009 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLON
SECCION PRIMERA
Rollo de Apelación Penal nº 349/2009
Procedimiento Abreviado nº 247/2008
Juzgado de Instrucción nº 5 de Castellón
AUTO Nº 423
Ilmos. Sres.
Presidente
Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ
Magistrados
Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO
Doña AURORA DE DIEGO GONZALEZ
--------------------------------------------------En Castellón a veintidós de septiembre de dos mil nueve.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto el Rollo de Apelación Penal nº 349/2009 incoado en virtud del recurso interpuesto contra el auto de 5 de febrero de 2009 dictado por el Juzgado de Instrucción nº 5 de Castellón, en Procedimiento Abreviado nº 247/2008 sobre lesiones.
Han intervenido en el recurso, como Apelante, D. Jose Ignacio defendido por el Letrado D. Alvaro Rodríguez-Hesles Valavazquez, con la adhesión de D. Baldomero defendido por el Letrado D. Jorge Casal Llovet, y como Apelados, D. Enrique representado por la Procuradora Dª. Carmen Rubio Antonio y asistido jurídicamente de la Letrada Dª. María Roberto Ramón, así como el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO, que expresa el parecer del Tribunal.
En el procedimiento de referencia se dictó auto de fecha 5 de febrero de 2009 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "No haber lugar a estimar el recurso de reforma interpuesto por el Letrado Sr. Rodríguez-Hesles enrepresentación de Jose Ignacio, debiendo confirmar el auto de 29 de octubre de 2008 en todos sus extremos".
Contra dicho auto interpuso recurso de apelación el denunciado Jose Ignacio, con la adhesión del también denunciado Baldomero, la oposición del denunciante Enrique y del Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial para su resolución.
Recibidos los autos el 27 de mayo de 2009, se turnaron a la Sección Primera, señalándose para deliberación y votación el día de la fecha 22 de septiembre de 2009.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Es objeto de este recurso de apelación determinar si las lesiones sufridas en agresión por el perjudicado Enrique pueden ser constitutivas de delito, como estima el Instructor, o tan sólo serían constitutivas de falta según entiende el denunciado Jose Ignacio, con la adhesión del también denunciado Baldomero .
A la vista del informe médico forense de sanidad ha procedido el Instructor a dictar auto de procedimiento abreviado, objeto de este recurso. En el citado informe consta que el perjudicado sufrió "herida inciso contusa en ceja izquierda", así como "contusión en 3º y 4º dedos de la mano izquierda (por caída)" y "fractura de huesos propios", necesitando de una primera asistencia facultativa en el Centro de Salud de Benicàssim, "donde tras estudio clínico suturaron la herida (5 puntos) y remitieron al Hospital General de...
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