STSJ Comunidad de Madrid 662/2009, 25 de Marzo de 2009
Ponente | INES MARIA HUERTA GARICANO |
ECLI | ES:TSJM:2009:22232 |
Número de Recurso | 48/2006 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 662/2009 |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 00662/2009
SENTENCIA Nº 662
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veinticinco de marzo de dos mil nueve
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso-administrativo nº 48/06, interpuesto -en escrito presentado el día 23 de enero de 2006-por la Procuradora Dña. Cayetana de Zulueta Luchsinger, actuando en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA "ZONA RESIDENCIAL CIUDALCAMPO", contra el Acuerdo de la Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento (CIDEFO) de 16 de abril de 2004, que aprobó las trayectorias de entrada y salida del sistema aeroportuario de Madrid-Barajas.
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, habiéndose personado como codemandada la Procuradora Dña. Lucia Agulla Lanza, actuando en nombre y representación de AENA.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulara la Resolución impugnada que aprobó los nuevos procedimientos instrumentales de salida y maniobras de aproximación del Aeropuerto de Madrid-Barajas.
El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda en escrito en el que postuló la inadmisión del recurso por extemporaneidad en la medida que el Acuerdo recurrido se ha publicado íntegramente el AIP-España de 26 de mayo de 2005 que es el medio de publicación de del sistema de información permanente aeroportuaria, o, subsidiariamente, su desestimación.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, y formulados escritos de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 24 de marzo de 2009, teniendo lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Esta Sala y Sección, en sentencia del pasado 4 de junio, desestimó el Rº 671/05 deducido por la aquí actora contra la Resolución de la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento de 31 de mayo de 2005, confirmatoria en alzada del Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de las Actuaciones de Ampliación del sistema Aeroportuario de Madrid (CESAM) de 28 de enero de 2004, por el que se aprobaron, a efectos estrictamente ambientales, las isófonas definidas por Leq día 65dB entre las 7 y 23 horas y Leq noche 55dB (A) entre las 23 y 7 horas, para los escenarios de la puesta en funcionamiento de las nuevas pistas, escenario 2014 y escenario de máxima capacidad del sistema aeroportuario de Madrid.
Igualmente, en sentencia de 10 de diciembre pasado se desestimó también el Rº 590/06, interpuesto por vecinos de la Urbanización "La Granjilla" de San Sebastián de los Reyes (Madrid), contra la Resolución de la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento de 29 de marzo de de 2006, confirmatoria en alzada de la de la Dirección General de Aviación Civil de 27 de enero, por la que se autorizaba la apertura al tráfico de las pistas 15L-33R y 18L- 36R y sus sistemas de rodaje asociados del Aeropuerto de Madrid-Barajas, desde el 5 de febrero.
En el presente recurso se impugna, esta vez, el punto 12 de la sesión plenaria 2/04 de la Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento (CIDEFO), por la que se aprobaron los "NUEVOS PROCEDIMIIENTOS INSTRUMENTALES DE SALIDA Y MANIOBRAS DE APROXIMACION DEL AEROPUERTO DE MADRID- BARAJAS (ANEXO al Punto 10 de la O .D Pleno 2/4) que incluirán las correcciones acordadas por la Ponencia en su informe PNA 3/04, y que Aena deberá incorporar en la publicación correspondiente" (folios 150, 151 y 156 a 161 del expediente administrativo).
Las rutas aprobadas en el expresado punto 12 "han sido publicadas íntegramente en la publicación de información aeronáutica (AIP) excepto las rutas de salidas instrumentales a la pista 15R así como las cartas de aproximación por instrumentos a la pista 18R, que aún no han sido publicadas....", (Documento nº 1 de los aportados con la contestación de la demanda del Abogado del Estado, folio 165 de los autos), desde el 26 de mayo de 2005, siendo el motivo de la no publicación de las pistas 36L/R18R y 33L/15R el hecho de que no eran necesarias operativamente (Documento nº 2 de los adjuntados a la expresada contestación, folio 167 de los autos).
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