STSJ Comunidad de Madrid 583/2009, 27 de Marzo de 2009
Ponente | FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA |
ECLI | ES:TSJM:2009:22130 |
Número de Recurso | 197/2005 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 583/2009 |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00583/2009
Proc. Sr. D. JORGE DELEITO GARCIA
A. E.
Ltdo. CAM
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 197/2005
PONENTE ILMO/A. SR/A. D/ÑA. FATIMA DE LA CRUZ MERA
S E N T E N C I A Nº 583/2009
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Carlos Vieites Pérez
D. Gervasio Martín Martín.
Dª Margarita Pazos Pita
Dª. FATIMA DE LA CRUZ MERA
En Madrid a veintisiete de marzo de dos mil nueve.
Visto por la Sala del margen el recurso nº 197/2005 interpuesto por el Proc. D. Jorge Deleito García en nombre y representación de ZONAGEST, S.L. contra resolución del TEAR de Madrid.
Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por sus servicios jurídicos, y como Codemandado el Letrado de la CAM en nombre y representación de la Comunidad de Madrid. La cuantía del recurso es inferior a 150.000#
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.TERCERO.- No solicitado el recibimiento de la prueba ni trámite de conclusiones, con fecha se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Con fecha 26 DE MARZO DE 2009 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo./a Sr./a D./ña. FATIMA DE LA CRUZ MERA
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
El presente recurso contencioso administrativo se interpone contra la Resolución de 26 de agosto de 2.004 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid que desestimó la reclamación formulada frente a Acuerdo de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid por el que se desestimó el recurso de reposición formulado frente a liquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concepto acto jurídico documentado, por importe de 11.475,31 euros.
El TEAR desestimó la reclamación sin entrar a resolver el fondo del asunto aduciendo que ante la falta de formulación de alegaciones y proposición de pruebas, en su caso, por el interesado, existía una preterición total de la acción que le impedía, por la falta de elementos de juicio indispensables, contrastar la legalidad del acto impugnado.
Frente a tal postura se alza el recurrente solicitando la declaración de nulidad de la citada resolución afirmando que se formularon alegaciones frente a la liquidación instando su nulidad, por lo que no siendo obligatorio formular alegaciones ante el TEAR, este órgano debió resolver a la vista del contenido del expediente de gestión, y que al no hacerlo incurrió en incongruencia omisiva causándole indefensión.
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