STSJ Comunidad de Madrid 20048/2009, 14 de Enero de 2009

PonenteMARIA DEL MAR FERNANDEZ ROMO
ECLIES:TSJM:2009:19365
Número de Recurso1135/2006
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución20048/2009
Fecha de Resolución14 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 20048/2009

Recurso núm. 1135/2006

Ponente Sra. María del Mar Fernández Romo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS EN APOYO A LA SECCIÓN TERCERA (E)

S E N T E N C I A núm.20048

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Gerardo Martínez Tristán

Magistrados:

Dª. María Luaces Díaz de Noriega

Dª. María del Mar Fernández Romo

En la Villa de Madrid, a catorce de Enero de dos mil nueve.

VISTO el recurso contencioso-administrativo número 1135/2006 seguido ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, promovido por el Procurador de los Tribunales Sra. Fernández-Criado Bedoya, en nombre de CONSTRUCCIONES MOYUA, S.L., contra la inactividad de la Dirección general de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, Secretaria de Estado de Aguas y Costas, respecto de la petición de abono de la obra realmente ejecutada en las obras de reparación de canalización de la Ría de Guernica (Vizcaya), así como los mayores costes como consecuencia de suspensión temporal y bajo rendimiento de los trabajos; devolución de fianza prestada en garantía del cumplimiento de contrato de obras; y petición subsidiaria en concepto de liquidación de la cantidad de 651.120, 55 euros, más IVA, 47.875, 61 euros por fianza depositada y 6.107, 08 euros en concepto de intereses por el mismo actualizados a Diciembre de 2004. Ha sido parte la Administración demandada representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, se reclamó el expediente a la Administración y, siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte demandante para la formalización de la demanda, lo que verifico mediante escrito que obra en autos, en el que expuso los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, y terminó suplicando que se dictara sentencia por la que estimando la pretensión del demandante, se declare que la obra a que este recurso se refiere fue recibida en Marzo de 2001, y se condene a la Administración a liquidarla, abonando a la actora de conformidad con lo solicitado en su escrito de 3 de Noviembre de 2000, o subsidiariamente, se le abone la suma de 651.120,55 euros más el IVA.

47.875, 61 euros por la fianza depositada y 6.107.08 euros en concepto de intereses por la misma actualizados a Diciembre de 2004 conforme dictamen pericial emitido en el PA 383/2001, corriendo los intereses hasta su devolución, que deberán liquidarse en ejecución de sentencia, y con abono de costas, fijando la cuantía del presente recurso en 1.115. 723, 94 euros.

SEGUNDO

El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda, oponiéndose a la misma conforme a los fundamentos que alegó, solicitando la desestimación de las pretensiones del demandante.

TERCERO

Por auto de 29 de Octubre de 2007 se acuerda el solicitad recibimiento probatorio del acto practicándose las pruebas propuestas y admitidas por la Sala, en concreto, testimonio de los autos numero 383/2001 tramitados ante esta misma Sala y Sección, informe emitido por perito, así como aclaraciones solicitadas, escrito de conclusiones de la Administración demandada y sentencia recaída en dicho recurso, acordándose también la prueba pericial propuesta por dicha actora, tras la estimación de recurso de súplica del demandante contra auto denegatorio de esta última, practicadas las cuales se confiere traslado sucesivo a las partes para la presentación de sus escritos de conclusiones, obrantes en autos en las fechas de su razón, los que se declaran conclusos y pendientes de su señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiera, lo que así acaece la audiencia del día trece de Enero de dos mil nueve, en que ha tenido lugar.

Ha sido Ponente la Magistrado Ilma. Sra. Dª. María del Mar Fernández Romo, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la inactividad de la Dirección general de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, Secretaria de Estado de Aguas y Costas, respecto de la petición de abono de la obra realmente ejecutada en las obras de reparación de canalización de la Ría de Guernica (Vizcaya), así como los mayores costras como consecuencia de suspensión temporal y bajo rendimiento de los trabajos; devolución de fianza prestada en garantía del cumplimiento de contrato de obras; y petición subsidiaria en concepto de liquidación de la cantidad de 651.120, 55 euros, más IVA,

47.875, 61 euros por fianza depositada y 6.107, 08 euros en concepto de intereses por el mismo actualizados a Diciembre de 2004.

SEGUNDO

Es así, que como antecedentes de importancia para la resolución de la presente litis, resulta que la ahora actora se había dirigido a la Sala en demandada de ejecución de acto firme por silencio administrativo positivo, derivado de la inactividad de la Administración de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, al no resolver expresamente durante tres meses la solicitud de aquella mediante escrito de 3 de Noviembre de 2000, para que procediera a la recepción y liquidación de la obra de reparación de la canalización en la Ría de Guernica (Vizcaya), solicitando el importe de 857.588, 57 euros por la obra realmente ejecutada, más los intereses de dicha cantidad hasta su completo pago, más la cuantía correspondiente a los costes de paralización con sus intereses, la devolución de fianza prestada en su día en garantía de cumplimiento de contrato que fue adjudicado mediante subasta a la ahora recurrente con fecha de 12 de Junio de 1997

En dicho recurso tramitado bajo numero 383/2001, recae sentencia de fecha de 5 de Julio de 2005, desestimatoria del mismo, por tanto, de las pretensiones expuestas con anterioridad, al considerar la Sala la inexistencia de acto firme cuya ejecución se pretendía, sin que fuera aplicable el artículo 29.2 de la Ley Jurisdiccional, y sin que tampoco procedería la estimación de las pretensiones subsidiarias de las actora, al haberse producido una mutación del proceso ( en el escrito de interposición del recurso se pretendía la ejecución de un acto firme y en el escrito de demanda, se pretende la declaración del derecho a la liquidación de la obra por cuantía de 857.588,77 euros, así como la indemnización por costes de paralización de obra y bajo rendimiento de la misma, por cuantía de 258.255, 64 euros), incurriendo la demandante en desviación procesal. La petición en vía administrativa correspondiente a la pretendida inactividad de la Administración, se efectuó por la mercantil interesada en fecha de 3 de Noviembre de 2000. Y en el citado recurso número 383/2001, se emitió dictamen pericial en el que se valora positivamente la reclamación por la obra realmente ejecutada por el contratista así como las modificaciones introducidas en el proyecto, las circunstancias del retraso de las obras, así como la procedencia de las cuantías y conceptos reclamados por esta en su petición de fecha de 3 de Noviembre de 2000, cuantificadas a fecha de 1 de Enero de 2005 en la cantidad de 651.121 euros, más IVA, 47.876 euros en concepto de fianza, y

6.107,08 euros en concepto de intereses. Como es de ver, estas son las cantidades y conceptos solicitados subsidiariamente en el previo escrito presentado por la actora en fecha de 10 de Enero de 2006, coincidente también con lo reflejado en el escrito de interposición del recurso presentado en esta Sede con fecha de 10 de Octubre de 2006.

TERCERO

Con fecha de 10 de Enero de 2006 la ahora recurrente presentó ante la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, una nueva solicitud que reproduce las peticiones esgrimidas en su escrito de 3 de Noviembre de 2000, solicitando subsidiariamente a que en concepto de liquidación se le abonen las cantidades que su favor se indican en el dictamen del perito judicial en cuantía de 651. 120, 55 euros más IVA por principal, 47.875, 61 euros por la fianza depositada, y 6. 107, 08 euros en concepto de intereses por la misma actualizados a fecha de Diciembre de 2004, siendo este el origen administrativo de las presentes actuaciones y la petición cuya incontestación genera las mismas.

Ahora bien, en dicho escrito de 10 de Enero de 2006 se solicitaba de manera principal se acordara conforme lo solicitado en su anterior petición de 3 de Noviembre de 2000, sobre recepción y liquidación de obras, petición principal que también así se recoge en el escrito de interposición del presente recurso ya citado ( de fecha de 6 de Octubre de 2006), petición que fue expresamente desestimada en vía jurisdiccional mediante la sentencia dictada en el recurso por ya tan citado número 383/2001, de forma que no puede ahora reproducirse la misma petición en nuevo recurso que versara sobre aquella identidad de pretensión, reclamante y reclamado, so pena de incurrir en excepción de cosa juzgada, de forma que sólo en posible en esta Sede discutir acerca de la subsidiaria petición formulada, tanto en vía administrativa, cuanto en esta Sede y también en escrito de demanda, de abono de las cuantías ya citadas y que son precisamente las que se habían fijado como adecuadas en la pericia emitida en el recurso número 383/2001, y que ha sido traída mediante testimonio a este recurso, debiendo desde ahora desestimarse plenamente la petición principal del actor contenida en su escrito de demanda por la citada causa.

CUARTO

La reclamación de tales cantidades y conceptos trae su causa del previo proyecto de canalización en la Ría de Guernica, a instancia de su Ayuntamiento, con fecha de Febrero de 1994, el que fue adjudicado mediante contrato de obras a la ahora recurrente con fecha de 18 de Agosto de 1997, con un...

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