ATS, 10 de Noviembre de 2010

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2010:14063A
Número de Recurso536/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Noviembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de RYANAIR LIMITED presentó el día 9 de marzo de 2010 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimoquinta), en el rollo de apelación nº 235/09, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 214/08 del Juzgado Mercantil nº 2 de Barcelona

  2. - Mediante Providencia de fecha 15 de marzo de 2010 se tuvo por interpuesto el recurso de casación, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes con fecha 22 de marzo de 2010.

  3. - El Procurador D. Aníbal Bordallo Huidobro en nombre y representación de RYANAIR LIMITED presentó escrito ante esta Sala el día 3 de mayo de 2010, personándose en concepto de parte recurrente . El Procurador D. Mª José Bueno Ramírez, en nombre y representación de la ATRÁPALO S.L. presentó escrito ante esta Sala el día 24 de marzo de 2010, personándose en calidad de parte recurrida .

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de RYANAIR LIMITED al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - Por la parte recurrente se constituyó el depósito para recurrir que requiere La Ley Orgánica del Poder Judicial reformada por Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, en su Disposición Adicional 15ª .

  3. - De conformidad y a los fines dispuestos en el 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  4. - Conforme a lo dispuesto en el art 483.5 contra el auto que resuelve sobre la admisión no se da recurso alguno. III. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de RYANAIR LIMITED, contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimoquinta), en el rollo de apelación nº 235/09, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 214/08 del Juzgado Mercantil nº 2 de Barcelona.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en el 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR