ATS, 16 de Junio de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Junio 2009

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Junio de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª Candelaria por escrito de fecha 18 de enero de 2008 interpuso recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de octubre de 2007, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10), en el rollo de apelación nº 460/07, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 542/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Coslada.

  2. - Mediante Providencia de 21 de enero de 2008 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordando el emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 25 de enero de 2008, en el Registro General del Tribunal Supremo, el Procurador D. José Granda Molero en nombre y representación de Dª Candelaria se personó en el presente rollo como parte recurrente. Con fecha 31 de enero de 2008, por el Procurador D. Juan de la Ossa Montes presentó escrito en nombre y representación de D. Leoncio, Dª Nicolasa y de Dª Amalia, personándose en concepto de parte recurrida .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación por la representación procesal de Dª Candelaria al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, de la LEC 1/2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad con lo establecido en los arts. 474 y 485 de la LEC, entréguese copias del escrito de interposición de los recursos admitidos, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y DE CASACION, interpuesto por la representación procesal de Dª Candelaria, contra la Sentencia dictada, con fecha 30 de octubre de 2007, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 10), en el rollo de apelación nº 460/07, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 542/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Coslada.

  4. - Entréguese copias del escrito de interposición de los recursos admitidos, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    Notifíquese la presente resolución a la parte recurrente y recurrida comparecidas ante este Tribunal.

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