ATS, 9 de Junio de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Junio 2009

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Junio de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Abel presentó escrito de interposición de recurso de casación con fecha 26 de noviembre de 2007 contra la Sentencia dictada, con fecha 27 de septiembre de 2007, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 259/07, dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 261/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Elda.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de fecha 28 de noviembre de 2007 se tuvo por interpuesto el recurso, y se acordó el emplazamiento de las partes y la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - Por medio de oficio del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, de fecha 31 de enero de 2008, se comunicó la designación del turno de oficio de la Procuradora Dª Paloma Rubio Pelaez para la representación de D. Abel en calidad de parte recurrente . La parte recurrida no ha comparecido en las actuaciones, toda vez que solicitada la designación de Abogado y Procurador del turno de oficio, no dió cumplimiento al requerimiento efectuado por esta Sala en resolución de 28 de abril de 2008 .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Abel al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC 2000, al no haberse personado, en legal forma, en el presente rollo, la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación inrterpuesto.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Abel, contra la Sentencia dictada, con fecha 27 de septiembre de 2007, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 259/07, dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 261/06 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Elda. 2.- No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC 2000, al no haberse personado, en legal forma, en el presente rollo, la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso de casación inrterpuesto.

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