ATS, 28 de Abril de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Abril 2009

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Abril de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad PROMOTORA MERCANTIL COSTA BLANCA, S.A (PROMECOSA) por escrito de fecha 20 de julio de 2007 interpuso recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 24 de mayo de 2007, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 585/06, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1118/05 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alicante.

  2. - Mediante Providencia de 3 de septiembre de 2007 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordando el emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - Por medio de escrito presentado, el día 23 de octubre de 2007, en el Registro General del Tribunal Supremo, el Procurador D. Julio Antonio Tinaquero Herrero en nombre y representación de la entidad PROMOTORA MERCANTIL COSTA BLANCA, S.A (PROMECOSA) se personó en el presente rollo como parte recurrente. Con fecha 26 de septiembre de 2007, por la Procuradora Dª Susana Hernández del Muro presentó escrito en nombre y representación de la mercantil ARMILAR, S.A. personándose en concepto de parte recurrida .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación por la representación procesal de la entidad PROMOTORA MERCANTIL COSTA BLANCA, S.A (PROMECOSA), al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, de la LEC 1/2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad con lo establecido en los arts. 474 y 485 de la LEC, entréguese copias del escrito de interposición de los recursos admitidos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA 1.- ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y DE CASACION,

    interpuesto por la representación procesal de la entidad PROMOTORA MERCANTIL COSTA BLANCA, S.A (PROMECOSA), contra la Sentencia dictada, con fecha 24 de mayo de 2007, por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Sexta), en el rollo de apelación nº 585/06, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1118/05 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alicante.

  3. - Entréguese copias del escrito de interposición de los recursos admitidos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

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