ATS, 10 de Marzo de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Marzo 2009

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Marzo de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la mercantil GESTEVISION TELECINCO S.A. por escrito de fecha 18 de marzo de 2008 interpuso recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 19 de febrero de 2008, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Segunda), en el rollo de apelación nº 2519/07, dimanante de los autos de juicio ordinario número 949/06 del Juzgado de Primera instancia nº 11 de Sevilla.

  2. - Mediante Providencia de 8 de mayo de 2008 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador D. Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, en nombre y representación de GESTEVISION TELECINCO,S.A., presentó escrito con fecha 21 de mayo de 2008, personándose en calidad de parte recurrente . Por la Procuradora Dª Paz Santamaría Zapata en nombre y representación de

D. Domingo y otros, presentó escrito con fecha 26 de mayo de 2008, personándose en calidad de parte recurrida .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal y casación por la representación procesal de GESTEVISION TELECINCO,S.A. contra sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla con posterioridad a la entrada en vigor de LEC 1/12000 de 7 de enero, en un juicio ordinario seguido sobre protección de derechos fundamentales, procede admitirlos, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que informe sobre los recursos interpuestos.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y DE CASACION, interpuesto por la representación procesal de GESTEVISION TELECINCO S.A., contra la Sentencia dictada, con fecha 19 de febrero de 2008, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Segunda), en el rollo de apelación nº 2519/07, dimanante de los autos de juicio ordinario número 949/06 del Juzgado de Primera instancia nº 11 de Sevilla.

  4. - Entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que informe sobre los recursos interpuestos.

    Notifíquese la presente resolución a la parte recurrente y recurrida comparecidas ante este Tribunal.

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