ATS, 13 de Octubre de 2009
Ponente | ENCARNACION ROCA TRIAS |
ECLI | ES:TS:2009:16328A |
Número de Recurso | 743/2009 |
Procedimiento | CASACIóN |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2009 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a trece de Octubre de dos mil nueve I. HECHOS
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- Por las representaciones procesales de CANAL MUNDO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, S.A., y de Dª Felicisima, con fechas 10 y 11 de marzo de 2009, se han interpuesto sendos recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de noviembre de 2008, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 8ª), en el rollo nº 606/2007 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1312/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 62 de Madrid.
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- Por Providencia de fecha 15 de abril de 2009 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes personadas.
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- El Procurador D. Agustín Sanz Arroyo, en nombre y representación de Felicisima presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de abril de 2009, personándose en calidad de parte recurrente/recurrida . El Procurador D. Javier Zabala Falcó, en nombre y representación de CANAL MUNDO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 27 de abril de 2009, personándose en calidad de parte recurrente/recurrida . Es parte interviniente el Ministerio Fiscal.
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- Procede admitir los recursos de casación interpuestos, al amparo del ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC, por las representaciones procesales de Felicisima y de CANAL MUNDO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
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PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Felicisima contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de noviembre de 2008, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 8ª), en el rollo nº 606/2007 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1312/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 62 de Madrid. 2º) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de CANAL MUNDO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, S.A., contra la Sentencia dictada, en fecha 3 de noviembre de 2008, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 8ª), en el rollo nº 606/2007 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1312/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 62 de Madrid.
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) Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.