ATS, 10 de Febrero de 2009

PonenteJOSE ALMAGRO NOSETE
ECLIES:TS:2009:1481A
Número de Recurso1133/2007
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Febrero de dos mil nueve

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - La representación procesal de la entidad "BOSC TAURANA, S.L.", interpuso recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 23 de febrero de 2007, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 278/2006, dimanante de los autos de juicio ordinario seguidos, bajo el nº 424/2005, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Tarragona.

  2. - Recibidas las actuaciones en este Tribunal Supremo y formado el presente rollo, la Procuradora Dª. Concepción Delgado Azqueta, en nombre y representación de "BOSC TAURANA, S.L.", presentó escrito ante esta Sala en fecha 6 de junio de 2007 personándose en calidad de parte recurrente. El Procurador D. Antonio Sorribes Calle, en nombre y representación de las mercantiles "ZUTPHEN, S.L.", "MILDIU, S.L.", y de D. Jose Augusto, Dª. Juana, D. Evaristo, Dª. Flor y D. Carlos Ramón, presentó escrito ante esta Sala con fecha 27 de junio de 2007, personándose en calidad de parte recurrida.

  3. - La Procuradora Sra. Delgado Azqueta, en la representación que tiene acreditada de la parte recurrente, presentó escrito en fecha 22 de diciembre de 2008, en el que manifestaba que, habiendo llegado las partes a un acuerdo transaccional, y siguiendo instrucciones de su mandante, desistía del recurso interpuesto. Dado traslado del escrito a la representación procesal de la recurrida, en la forma prevista en el art. 276 LEC, la misma no ha hecho alegación alguna.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.José Almagro Nosete, a los solos efectos de este trámite.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Contempla el art. 450.1 LEC 2000 la facultad de desistimiento del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, por lo que al haberse manifestado la intención de la parte recurrente de apartarse del medio de impugnación interpuesto, procede acceder a los solicitado, sin necesidad de resolver acerca del recurso de casación formalizado, con la subsiguiente declaración de firmeza de la Sentencia; todo ello sin que proceda efectuar especial pronunciamiento sobre costas, a la vista del acuerdo alcanzado por ambas partes.

LA SALA ACUERDA

TENER POR DESISTIDA a la mercantil "BOSC TAURANA, S.L.", representada por la Procuradora Dª. Concepción Delgado Azqueta, del recurso de casación interpuesto contra la Sentencia dictada, con fecha 23 de febrero de 2007, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 278/2006, dimanante de los autos de juicio ordinario seguidos, bajo el nº 424/2005, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Tarragona, declarando firme dicha resolución, devolviéndose las actuaciones al órgano de procedencia, junto con testimonio del presente Auto.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

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