ATS, 6 de Octubre de 2009

PonenteENCARNACION ROCA TRIAS
ECLIES:TS:2009:12967A
Número de Recurso1378/2008
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a seis de Octubre de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de Dª. Estibaliz, Dª. Graciela y D. Mariano presentó el día 11 de junio de 2008 escrito de interposición de recurso de casación, contra la Sentencia dictada, con fecha 14 de febrero de 2008, por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª), en el rollo de apelación nº 464/2007, dimanante de los autos de juicio de desahucio nº 1275/2006 del Juzgado de primera instancia nº 6 de los de Gijón.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 25 de junio de 2008 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador D. Antonio Angel Sánchez-Jauregui Alcaide, en nombre y representación de Dª. Estibaliz, Dª. Graciela y D. Mariano, presentó escrito ante esta Sala el 30 de julio de 2008, personándose en concepto de parte recurrente, al tiempo que el procurador D. Manuel María Álvarez-Buylla Ballesteros, en nombre y representación de D. Rubén, presentó escrito el día 28 de julio de 2008, personándose en concepto de parte recurrido .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª. Estibaliz, Dª. Graciela y D. Mariano, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de Dª. Estibaliz, Dª. Graciela y D. Mariano, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª. Estibaliz, Dª. Graciela y D. Mariano contra la Sentencia dictada, con fecha 14 de febrero de 2008, por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª), en el rollo de apelación nº 464/2007, dimanante de los autos de juicio de desahucio nº 1275/2006 del Juzgado de primera instancia nº 6 de los de Gijón.

  4. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR