ATS, 22 de Septiembre de 2009

PonenteENCARNACION ROCA TRIAS
ECLIES:TS:2009:12289A
Número de Recurso338/2009
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Septiembre de dos mil nueve I. HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Inocencio presentó el día 10 de febrero de 2009, escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 21 de noviembre de 2008, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 2ª), en el rollo de apelación 285/2008, dimanante de los autos de juicio de divorcio nº 458/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Miranda de Ebro.

  2. - Mediante providencia de fecha 12 de febrero de 2009 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante él por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes y al Ministerio Fiscal los días 16 y 18 de febrero de 2009.

  3. - El Procurador D. JOSE MANUEL DE DORREMOCHEA ARAMBURU, en nombre y representación de D. Inocencio presentó escrito ante esta Sala el día 20 de febrero de 2009, personándose en concepto de recurrente . Mediante escrito presentado el día 2 de marzo de 2009 la Procuradora DÑA. MARIA LUISA CARRETERO HERRANZ, en nombre y representación de DÑA. Jacinta se personó en concepto de recurrida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Inocencio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2.3º, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Inocencio contra la Sentencia dictada con fecha 21 de noviembre de 2008, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 2ª), en el rollo de apelación 285/2008, dimanante de los autos de juicio de divorcio nº 458/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Miranda de Ebro.

  4. - Entréguese copia del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal .

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