STSJ País Vasco 632/2010, 22 de Septiembre de 2010
Ponente | JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA |
ECLI | ES:TSJPV:2010:835 |
Número de Recurso | 375/2008 |
Procedimiento | CONTENCIOSO - APELACION |
Número de Resolución | 632/2010 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
RECURSO DE APELACIÓN Nº 375/08
SENTENCIA NUMERO 632/2010
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL
MAGISTRADOS:
DON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
DOÑA MARGARITA DÍAZ PÉREZ
En la Villa de BILBAO (BIZKAIA), a veintidós de septiembre de dos mil diez.
La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por los Ilmos. Sres. antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación, contra la sentencia dictada el diecinueve de Diciembre de dos mil siete por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de DONOSTIA - SAN SEBASTIAN en el recurso contencioso-administrativo número 505/04 .
Son parte:
- APELANTE: IPURU S.L., representada por el Procurador D. LUIS PABLO LÓPEZ-ABADÍA RODRIGO y dirigida por el Letrado D. JOSÉ MARÍA ABAD URRUZOLA.
- APELADO: AYUNTAMIENTO DE TOLOSA, representado y asistido por el Letrado D. JOSÉ MANUEL TAMARGO.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA.
Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de DONOSTIA - SAN SEBASTIAN se dictó el diecinueve de Diciembre de dos mil siete sentencia desestimando el recurso contencioso-administrativo número 505/04 promovido por IPURU S.L. contra el acuerdo del Ayuntamiento de Tolosa de 18 noviembre 2004, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo del 17 mayo anterior por el que se desestima la alegación realizada contra la condición impuesta en la licencia de obras de cesión de la finca situada en la parte trasera del número 9 de la calle Korreo de dicha localidad, siendo parte demandada AYUNTAMIENTO DE TOLOSA.
Contra dicha sentencia se interpuso por IPURU S.L. recurso de apelación ante esta Sala, suplicando se dictase sentencia por la que, tras los trámites oportunos, revoque la sentencia dictada y deje sin efecto, dictando otra por la que se desestime íntegramente el RCA interpuesto.
El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado al/a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al mismo, y en su caso, la adhesión a la apelación.
Por el Ayuntamiento de Tolosa se presentó en fecha 13 de marzo de 2008 escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto por la contraparte, suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto de adverso, confirme la sentencia dictada por el Juzgado de instancia e imponga a la parte apelante las costas causadas con motivo del mismo.
Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día 22 de septiembre de 2010 en que tuvo lugar la diligencia, quedando los autos conclusos para dictar la resolución procedente.
Se han observado las prescripciones legales en la tramitación del presente recurso de apelación.
La mercantil Ipuru, S.L. interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia de 19 diciembre 2007 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Donostia-San Sebastián, desestimatoria del recurso contencioso- administrativo interpuesto contra el acuerdo del Ayuntamiento de Tolosa de 18 noviembre 2004, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo del 17 mayo anterior por el que se desestima la alegación realizada contra la condición impuesta en la licencia de obras de cesión de la finca situada en la parte trasera del número 9 de la calle Korreo de dicha localidad.
Por acuerdo del 28 marzo 2003 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento Tolosa fue aprobado el proyecto básico de construcción de seis viviendas presentado por la mercantil Ipuru, S.L.. en relación con el número 9 de la calle Korreo, estableciendo entre otras condiciones, la de cesión obligatoria del patio trasero para uso y dominio público, presentando el 30 de abril de 2004 dicha mercantil un escrito en el que se opuso a la cesión de la parcela correspondiente al patio trasero alegando que no tiene que ver con el solar del número 9 de la calle Korreo, recayendo acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17 mayo 2004 desestimatorio, frente al que la mercantil interpuso recurso de reposición el 29 junio 2004, que fue desestimado por acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 noviembre...
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