SAP Vizcaya 418/2010, 25 de Mayo de 2010

PonenteFERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI
ECLIES:APBI:2010:1564
Número de Recurso2/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución418/2010
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-09/017642

A.p.ordinario L2 2/10

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 1 (Bilbao)

Autos de Pro.ordinario L2 733/09

|

|

|

|

Recurrente: Silvio y Virgilio

Procurador/a: JUAN CARLOS RUIZ GUTIERREZ y JUAN CARLOS RUIZ GUTIERREZ

Recurrido: C.P. NUM000 DIRECCION000 DE BILBAO

Procurador/a: ANA VIDARTE FERNANDEZ

SENTENCIA Nº 418/10

ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dña. ANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIA

Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA En Bilbao, a veinticinco de mayo de dos mil diez.

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados reseñados, el procedimiento ORDINARIO Nº 733/09, procedente del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE BILBAO, y seguido entre partes: como apelante, los demandantes D. Virgilio y D. Silvio, representados por el Procurador D. Juan Carlos Ruiz Gutiérrez y dirigidos por el Letrado

D. Francisco Javier Saez Gabicagogeascoa; y como apelada, que se opone al recurso, la demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE BILBAO, representada por la Procuradora D.ª Ana Begoña Vidarte Fernández y dirigida por el Letrado D. Nazario Oleaga Páramo.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 8 de octubre de 2009 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Desestimar la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Carlos Ruiz Gutierrez en nombre y representación de D. Silvio y D. Virgilio contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 nº NUM000 de Bilbao con imposición de las costas".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 2/10 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión debatida tiene un primer aspecto que es estrictamente fáctico: alega la parte demandante y recurrente que desde tiempo atrás el reparto de los gastos de la comunidad de propietarios no se hizo de conformidad con el título constitutivo sino que, por acuerdo de la comunidad, se distribuyó de modo distinto de suerte que el local de su propiedad contribuía a los mismos en los siguientes términos: portal, 1/14 avas partes; edificio, 8,15% y 11.85% respectivamente; por el concepto de escaleras las lonjas no abonaban cantidad alguna. Este acuerdo viene reflejado en la Junta de Comunidad de fecha 16 de junio de 1998, folio 136 de autos. Señala la parte demandante que con anterioridad, ya desde la constitución de la comunidad, los gastos se habían distribuido de esta manera, si bien no lo puede acreditar documentalmente por cuanto el libro de actas no fue entregado por quien tenía su custodia pese a los reiterados requerimientos notariales que al efecto se le hicieron y que constan acreditados en el folio 87 vuelto de las actuaciones. Estos hechos los estimamos probados habida cuenta la documenntal aportada a las actuaciones y que la falta del libro de actas es debido a un hecho de tercero no imputable a la demandante.

El 14 de diciembre de 2006 y sin que constara en la convocatoria, se tomó un acuerdo de modificación de las contribuciones para que las mismas se acomodaran al inicial título constitutivo; ante las irregularidades del mencionado acuerdo, se convocó nueva Junta con fecha 25 de febrero de 2009 en que se hizo constar en el orden del día la modificación de dichas cuotas de participación, celebrándose la junta y acordando modificar el sistema seguido hasta entonces con la oposición oportunamente manifestada por los hoy demandantes.

La presente demanda se encamina a obtener la declaración de nulidad de la junta de 25 de febrero de 2009.

SEGUNDO

Es doctrina reiterada la que viene a entender que en el ámbito de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 184/2013, 7 de Marzo de 2013
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 7 Marzo 2013
    ...la procuradora D.ª Mercedes Basterreche Arcocha, contra la sentencia de fecha 25 de mayo de 2010, dictada en grado de apelación, rollo n.º 2/2010, por la Audiencia Provincial de Bizkaia, Sección 4 .ª, dimanante de procedimiento de juicio ordinario n.º 733/2009, seguido ante el Juzgado de Pr......
  • ATS, 15 de Febrero de 2011
    • España
    • 15 Febrero 2011
    ...contra la Sentencia dictada, con fecha 25 de mayo de 2010, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 2/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 733/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de - Mediante diligencia de ordenación de 9......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR