SAP Vizcaya 420/2010, 25 de Mayo de 2010
Ponente | IGNACIO OLASO AZPIROZ |
ECLI | ES:APBI:2010:1559 |
Número de Recurso | 664/2009 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000 |
Número de Resolución | 420/2010 |
Fecha de Resolución | 25 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 4ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001
Tfno.: 94-4016665
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.03.2-08/603231
A.p.ordinario L2 664/09
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 3 (Gernika)
Autos de Pro.ordinario L2 495/08
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Recurrente: GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID S.L.
Procurador/a: ALBERTO ARENAZA ARTABE
Recurrido: S.W. BETONGROUP S.A. y Amador
Procurador/a: PEDRO MARIA SANTIN DIEZ y PEDRO MARIA SANTIN DIEZ
SENTENCIA Nº 420/10
ILMOS/AS. SRES/AS.
D. IGNACIO OLASO AZPIROZ
DÑA. LOURDES ARRANZ FREIJO
DÑA. REYES CASTRESANA GARCÍA En BILBAO, a veinticinco de mayo de dos mil diez
Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, el procedimiento PRO.ORDINARIO L2 495/08, procedente del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE GERNIKA y seguido entre partes: Como apelante GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID S.L. representada por el Procurador Sr. Arenaza Artabe y dirigida por el Letrado Sr. Zuloaga Lalana y como apelada que se opone al recurso Amador y S.W. BETONGROUP, S.A. representados por el Procurador Sr. Santín Díez y dirigidos por el Letrado Sr. Imbert Astier.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
La Sentencia de instancia de fecha 1 de septiembre de 2009 es de tenor literal siguiente:
"FALLO: Se desestima totalmente la demanda interpuesta por Gestiones y Promociones Valladolid contra S.W. Bentongroup S.A., con imposición a la actora de las costas del procedimiento."
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 664/09 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento, la vista del recurso se celebró ante la Sala el pasado 28 de abril de 2010, con asistencia de los Letrados de las partes, quienes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.
Terminado el acto quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.
El pleito del que trae causa el presente recurso se fundamenta en el contrato suscrito el día 10 de Abril de 2007 entre D. Amador tanto en su propio nombre como en representación de la mercantil "S.W. Betontechnologie Ibérica, S.A". (posteriormente denominada "S.W. Betongroup, S.A".) y D. José Luis Pérez Fernández en representación de la sociedad "Gestiones y Promociones Valladolid, S.L. Unipersonal".
Dicho contrato contenía obligaciones recíprocas para ambos contratantes; para D. Amador, la venta a la otra parte de determinado número de acciones, 21.036 exactamente, de la sociedad "S.W. Betontechnologie Ibérica, S.A". y la concesión de una opción de compra de otras 9.025 a ejercitar en el plazo máximo de dos años, por un precio conjunto de 200.000 euros, títulos que representan el 50,01% del capital social de la sociedad; dicha compra llevaba aparejado el compromiso de modificar el órgano de administración de aquella correspondiendo a la compradora la designación de dos de los cuatro administradores; con independencia de que las acciones objeto de la venta quedaban sindicadas durante el plazo de duración de la opción de compra para posibilitar el ejercicio de los derechos políticos derivados de la titularidad de las mismas; por su parte, "Gestiones y Promociones Valladolid, S.L. Unipersonal " se comprometía, además de a pagar el precio de las acciones que adquiría, a aportar fondos a la sociedad "S.W. Betongroup, S.A" por importe total de 600.000 euros mediante pagarés con vencimientos a 30, 60, 90 y 120 días.
La demanda origen de los presentes autos la interpuso "Gestiones y Promociones Valladolid, S.L. Unipersonal " alegando que mientras que ella había cumplido con creces las obligaciones que le correspondían, particularmente la entrega de los fondos a través de pagarés, la otra parte no había cumplido las suyas, pese a ser requerida notarialmente para ello, no habiéndose producido por tanto la transmisión de las...
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