SAP Guadalajara 168/2010, 13 de Octubre de 2010

PonenteJOSE AURELIO NAVARRO GUILLEN
ECLIES:APGU:2010:310
Número de Recurso209/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución168/2010
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00168/2010

PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Tfno.: 949-20.99.00 Fax: 949-23.52.24

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 209/10

Procedimiento de Origen: Juicio Cambiario 218/09

Juzgado de Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de Guadalajara

APELANTE: BALQUISA SERVICIOS INTEGRALES, S.L.

Procurador: María Luis Cotayna Marín

Abogado: Fernando Jiménez Valderrama

APELADO: INDISTAL, S.L.

Procurador: Rosa María Acero Viana

Abogado: Juan A. Rodríguez Rodríguez-Vila

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

Dª ISABEL SERRANO FRÍAS

D. MANUEL EDUARDO REGALADO VALDÉS

D. AURELIO NAVARRO GUILLEN

S E N T E N C I A Nº 172/10

En Guadalajara, a trece de octubre de dos mil diez.

VISTO en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de Juicio Cambiario 218/09, procedentes del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo nº 209/2010, en los que aparece como parte apelante, BALQUISA SERVICIOS INTEGRALES S.L., representado por la Procuradora de los tribunales, Dª. MARIA LUISA COTAYNA MARIN y asistido por el Letrado D. FERNANDO JIMENEZ VALDERRAMA, y como parte apelada, INDISTAL, S.L., representado por la Procuradora de los tribunales, Dª. ROSA MARIA ACERO VIANA y, asistido por el Letrado D. JUAN A. RODRIGUEZ RODRIGUEZ-VILA, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLEN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 30 de diciembre de 2009 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimando la demanda de oposición formulada por BLAQUISA SERVICIOS INTEGRALES, S.L., representada por el procuradora Sra. Cotayna Marín y asistida del letrado D. Juan Antonio Rodríguez Rodríguez Vila, se acuerda seguir adelante la ejecución despachada contra la misma a instancia de INDISTAL, S.L., representada por el procurador Sra. Acero Viana y asistida por el Letrado D. Fernando Jiménez Valderrama, por importe de 19.033,41 # de principal, 459,98 por gastos bancarios y

5.000 por gastos y costas, con imposición de las mismas a la ejecutada, opositora en la presente resolución".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de BALQUISA SERVICIOS INTEGRALES, S.L. se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo en el día de hoy.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por doña Maria Luisa Cotayna Marín Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de la mercantil Balquisa Servicios Integrales, SL., se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia numero uno de Guadalajara en los autos de Juicio Cambiario numero 218/09 de fecha 3 de diciembre de 2009, toda vez que considera, como primer motivo del recurso de apelación que la sentencia recurrida infligen el articulo 218.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

, la incurrir en error en la valoración de la prueba y, en segundo lugar, se aduce como motivo de la apelación la incorrecta interpretación de la doctrina de la carga de la prueba en el proceso cambiario. Se opone a los motivos esgrimidos por dicha representación procesal la parte apelada y ejecutante del proceso cambiario del que trae causa la presente apelación, interesando que se desestime el recurso y, consiguientemente se confirme al sentencia apelada. Sentado lo anterior, fue la parte apelada, la mercantil Indistal, SL., la presento demanda de juicio cambiario por importe de 19.033,41 euros, toda vez que el pagare en donde se recoge el importe que se reclama fue presentado a su cobro a la fecha de su vencimiento y resulto impagado por la parte demandada y ahora apelante. Balquisa Servicios Integrales, SL., se opuso a la demanda de juicio cambiario tras reconocer que se libro el pagare cuyo importe se reclama el cual lo fue como pago de parte del precio de la obra contratada, sin embargo, se opone a su pago alegando que Indistal, SL., no cumplió con la realización de la obra encomendada, debido a los retrasos e incumplimientos, no llegando a culminar los trabajos.

SEGUNDO

Sentado lo anterior, es menester recordar que esta Audiencia Provincial en sentencia de fecha 9 de junio de 2006 ha dicho con relaciona a la falta de provisión de fondos que: "alegando incorrecta ejecución de la instalación eléctrica para cuyo abono fue librado el título, lo que obliga a examinar la oponibilidad en el procedimiento cambiario de la excepción de defectuoso cumplimiento, cuestión que ha sido analizada, entre otras, en sentencias de esta Sala de fechas 6-2-2006 y 20-12-05, en las que hicimos un resumen de la doctrina de las diversas Audiencias Provinciales en esta materia; recordando que, en relación al anterior juicio ejecutivo eran...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR