SAP Barcelona 823/2010, 5 de Octubre de 2010
Ponente | JOSE GRAU GASSO |
ECLI | ES:APB:2010:7456 |
Número de Recurso | 122/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 823/2010 |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 122/2010
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 72/2009
JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE SABADELL
APELANTE: Ministerio Fiscal
Magistrado Ponente
JOSÉ GRAU GASSÓ
SENTENCIA 823/2010
Ilmos. Srs.
D. JOSÉ GRAU GASSÓ
D. JOSEP NIUBÒ I CLAVERIA
Dña. MARIA JESUS MANZANO MESEGUER
Barcelona, a cinco de octubre del dos mil diez.
VISTO el presente Rollo de Apelación nº 112/2010, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 72/2009 del Juzgado de lo Penal
nº 1 de Sabadell, seguido por un delito contra la seguridad del tráfico, en el que se dictó sentencia el día 30 de diciembre del año
2009. Ha sido parte apelante el Ministerio Fiscal y parte apelada Jacinto .
La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que anteriormente se ha hecho mención, dice lo siguiente: "FALLO: Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a DON Jacinto del delito CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO del que venía siendo acusado por el Ministerio Fiscal con declaración de las costas de oficio ".
La sentencia impugnada contiene el siguiente relato de hechos probados: No queda probado y así se declara que el acusado Don Jacinto, sobre las 22.30 horas del día 13 de agosto de 2006, condujera el vehículo matrícula Y....YY por la carretera C-17 haciéndolo con sus facultades alteradas por la previa ingesta de bebidas alcohólicas. Practicada la prueba de alcoholemia arrojó un resultado positivo de 0,70 y 0,64 mg/l en 1ª y 2ª prueba, respectivamente, a las 21.14 y 22.17 horas.
Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación dentro del plazo legal de diez días por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución. Admitido a trámite dicho recurso se cumplimentó por el Juzgado de lo Penal el traslado del mismo al resto de partes, por un plazo común de diez días, para que pudieran alegar lo pertinente en defensa de sus derechos. Posteriormente, los autos se elevaron a esta Audiencia Provincial.
Recibida la causa en esta Sección Tercera de la Audiencia, a la que corresponde el conocimiento de los recursos procedentes de aquel Juzgado de lo Penal, se dictó providencia incoando el presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado. Con arreglo al turno de reparto previamente establecido se me nombró magistrado ponente; y tras examinar la causa y los escritos presentados, no habiéndose solicitado prueba en esta alzada, la celebración de vista no se consideró necesaria por este Tribunal, quedando pendiente el Rollo para la deliberación y resolución del recurso, lo que se ha efectuado en el día de la fecha.
Como Magistrado Ponente, en la presente resolución expreso el criterio unánime del Tribunal.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos que se han declarado probados en la sentencia apelada. También sus fundamentos jurídicos en cuanto no se opongan a los de la presente, y
El Ministerio Fiscal invoca, como primer motivo de impugnación, quebrantamiento de forma de la sentencia dictada en la instancia por falta de motivación de la misma, sin que dicha pretensión pueda prosperar, toda vez que en la sentencia de razona, aunque sea de forma sucinta, que a la vista de que el acusado no efectuó declaración alguna durante el acto del juicio y que los agentes de la autoridad intervinientes no se acordaban de los hechos objeto de enjuiciamiento, no se había practicado prueba de cargo suficiente en la que poder sustentar una sentencia condenatoria.
En este sentido, es necesario recordar que según doctrina que se recoge en múltiples Sentencias de Audiencias Provinciales como por ejemplo las SSAP de Tarragona de 8 de junio y 7 de mayo de 2007; SSAP de Barcelona de 5 de marzo, 2 de abril de 2007 y 20 de septiembre de 2005; SSAP Madrid de 8 de noviembre, 11 de julio, 2 de febrero y 18 de enero de 2006; SAP de Santa Cruz...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SJMer nº 1 38/2014, 12 de Febrero de 2014, de Alicante
...crediticia. Así lo impone el art 4CC y es criterio judicial reiterado (por todas SSAP de Barcelona de 28 noviembre de 2008 y 5 octubre de 2010 ) íi) desde el punto de vista sistemático la situación de participación indirecta del acreedor esta ya contemplada en el apartado 3º del art. 93.2 L......