SAP Barcelona 424/2010, 28 de Octubre de 2010
Ponente | JOSE MANUEL REGADERA SAENZ |
ECLI | ES:APB:2010:7292 |
Número de Recurso | 90/2010 |
Procedimiento | VERBAL - COGNICIóN |
Número de Resolución | 424/2010 |
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN Décimo-novena
ROLLO Nº. 90/2010
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 6 DE HOSPITALET DE LLOBREGAT
PROCEDIMIENTO VERBAL DE CUANTÍA Nº. 481/2009
S E N T E N C I A Nº. 424/10
Ilmo. Sr.:
D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de octubre de dos mil diez
VISTOS, por la Sección Décimo-novena de la Audiencia de Barcelona, constituida por un solo magistrado en aplicación del art. 82.2, 1º L.O.P.J . reformada por L. O. 1/2009 de 3 de noviembre, los autos del Recurso de Apelación nº. 90/2010, interpuesto por el Procurador Sr. Lluc Calvo Soler, en nombre y representación de D. Miguel, parte actora en la litis, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº. 6 de Hospitalet de Llobregat en autos de Procedimiento Declarativo Verbal núm. 481/2009, dictándose la siguiente Sentencia.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por el Procurador Sr. MIGUEL CARRERAS QUIRANTES en nombre y representación de Miguel contra C.P. C/. DIRECCION000, NUM000 y ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS debo absolver y absuelvo a dicha demandada de las pretensiones formuladas contra ella por la parte actora, condenando a esta última al pago de las costas del procedimiento."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para resolución del recurso el día 30 de septiembre de 2010.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ.
Por parte de la representación de D. Miguel se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada el día 6 de noviembre de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia nº. 6 de Hospitales de Llobregat en Juicio Verbal 481/2009 . La citada resolución desestimó la demanda interpuesta por el apelante contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000, NUM000 y ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. en reclamación de los daños sufridos por el vehículo de su propiedad cuando se desplomó encima del mismo la puerta del parking comunitario. Señala la resolución de instancia que no ha quedado acreditado el mal funcionamiento de la puerta.
Entiende el apelante que existe error en la valoración de la prueba por cuanto ha quedado acreditado el mal funcionamiento de la puerta en cuestión mediante las testificales practicadas en la instancia.
La apelada solicita la confirmación de la resolución recurrida.
La responsabilidad por culpa extracontractual, en los términos se desprenden del contenido del artículo 1.902 del Código Civil y según doctrina reiterada se contrae por toda acción u omisión culposa o negligente que cause daño a otro, con obligación consiguiente a su justa reparación por parte de aquél cuya conducta de tal carácter ha producido el resultado lesivo para el interés ajeno,...
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