SAP Barcelona 386/2010, 6 de Octubre de 2010
Ponente | JOSE MANUEL REGADERA SAENZ |
ECLI | ES:APB:2010:7184 |
Número de Recurso | 64/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 386/2010 |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECINUEVE
ROLLO Nº 64/2010 AA
JUICIO ORDINARIO Nº 77/2009
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 27 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 386/10
Ilmos. Sres.
Dª ASUNCION CLARET CASTANY
D. JOSE MANUEL REGADERA SAENZ
D. CARLOS VILLAGRASA ALCAIDE
En la ciudad de Barcelona, a seis de octubre de dos mil diez.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 77/2009, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Maximino, contra D/Dª. Raimunda ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de Octubre de 2009, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, ESTIMANDO la demanda promovida por la Procuradora Sra. Puig Gracia en nombre y representación de D. Maximino frente a Dª. Raimunda, DEBO DECLARAR Y DECLARO que la vivienda sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000, piso NUM001 puerta NUM002 de Barcelona es indivisible, debiendo procederse a la venta de la misma en pública subasta, con división en dos partes iguales del precio obtenido entre los condueños, previa deducción de los gastos del presentes procedimiento llevado hasta la subasta del bien y condenando a la demandada al pago de las costas del juicio."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 16 de septiembre de 2010. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. JOSE MANUEL REGADERA SAENZ.
Por parte de la representación de Dª. Raimunda se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada el día 22 de octubre de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Barcelona en Juicio Ordinario 77/2009 . La citada resolución estimó la demanda interpuesta contra la apelante por D. Maximino en solicitud de que se procediera a la división de la cosa común, en concreto la vivienda sita en la calle DIRECCION000, NUM000, NUM001 - NUM002 de la que ambos litigante son copropietarios, y que se procediera a su venta en pública subasta. La apelante entiende que la sentencia infringe lo prevenido por el art. 552.11 del CCC en tanto que, dada la precaria situación económica de la recurrente, no ha acogido la opción de atribuirle a dicha apelante el usufructo de la vivienda y al actor la nuda propiedad. También señala su desacuerdo con la tasación practicada y con la imposición de costas.
La actora se opuso al recurso de apelación y solicitó la confirmación de la resolución recurrida.
El artículo 552.11. del Código civil de Cataluña, establece el procedimiento de la división de cosa común, y en concreto aquí se plantea si puede imponerse al actor la posibilidad que estipula el referido precepto en su...
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