STSJ Aragón 326/2010, 1 de Junio de 2010
Ponente | EUGENIO ANGEL ESTERAS IGUACEL |
ECLI | ES:TSJAR:2010:693 |
Número de Recurso | 12/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 326/2010 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00326/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, Sección 2ª.
-Rollo de apelación nº 12 del año 2009-SENTENCIA N° 326 DE 2010
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. Jaime Servera Garcías.
MAGISTRADOS
D. Eugenio Angel Esteras Iguacel.
D. Fernando García Mata.
En Zaragoza, a uno de junio dos mil diez.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON, Sección Segunda, en grado de apelación el recurso contencioso administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso nº Cinco de Zaragoza con el número 165/08, Rollo de apelación número 12/09, en el que son partes como apelante D. Juan María, representado por la Procuradora Dña. Mirian Borobia Laguna y defendido por la Letrada Dña. Ana Pilar Galán Marín, contra la Administración del Estado, apelada en esta instancia, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Eugenio Angel Esteras Iguacel.
Con fecha 4 de noviembre de 2008 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº Cinco de Zaragoza dictó sentencia con el siguiente fallo: «Se desestima el recurso contencioso-administrativo 165/08 interpuesto por Juan María, por lo que se ratifica la sanción de expulsión impuesta por la subdelegación del Gobierno en Zaragoza; sin costas.»
Notificada dicha sentencia a las partes, por la demandante se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y dado traslado a la parte adversa se formuló, igualmente en tiempo y forma, escrito de oposición a la apelación.
Turnado a esta Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas las partes, fue admitido a trámite señalándose para votación y fallo del mismo el día 14 de abril de 2010.
El presente recurso de apelación se interpone por el demandante, nacional de Nigeria, contra la sentencia de cuatro de noviembre de dos mil ocho del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº cinco de Zaragoza desestimatoria del recurso interpuesto contra la resolución de 14 de febrero y 27 de mayo de 2008 de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza por las que, en instancia y desestimando el recurso de reposición, se le impuso una sanción de expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por cinco años, de acuerdo con el art. 53 a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre ; por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre y por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre .
Para decidir la apelación es...
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