STSJ Aragón 581/2010, 28 de Julio de 2010
Ponente | JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE |
ECLI | ES:TSJAR:2010:434 |
Número de Recurso | 533/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 581/2010 |
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00581/2010
T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL
CL.COSO NUM. 1
Tfno: 976 208 360
Fax:976 208 405
NIG: 50297 34 4 2010 0100530
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000533 /2010 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000136 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 Recurrente/s: Nicolasa
Abogado/a: MARTA SANCHEZ JIMENEZ
Procurador:
Graduado Social:
Recurrido/s: AUXILIARES Y CONSERJES SL
Abogado/a:
Procurador:
Graduado Social:
Rollo número: 533/2010
Sentencia número: 581/2010
P. MAGISTRADOS ILMOS. Sres:
D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO
D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT
D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE
En Zaragoza, a veintiocho de julio de dos mil diez. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación núm. 533 de 2010 (Autos núm. 136/2010), interpuesto por la parte demandante Nicolasa, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Zaragoza, de fecha 17 de marzo de 2010; siendo demandado AUXILIARES Y CONSERJES SL, sobre extinción de contrato. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.
Según consta en autos, se presentó demanda por Nicolasa, contra AUXILIARES Y CONSERJES SL, sobre extinción de contrato, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 17 de marzo de 2010, siendo el fallo del tenor literal siguiente:
"QUE ESTIMANDO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por Dña. Nicolasa, contra la empresa "AUXILIARES Y CONSERJES S.L." debo declarar y declaro la extinción del contrato de trabajo existente entre la actora y la demandada, condenando a la demandada a que abone a la demandante una indemnización de 45 días de salario por año de servicio cifrada en la cantidad de 4.614,67 #".
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:
"1º.- La actora Dña. Nicolasa, con NIE nº NUM000, viene prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada Auxiliares y Conserjes S.L. D. Camilo, dedicada a la actividad económica de otros servicios, desde el 5.12.20085, con la categoría profesional de conserje de edificios, y con un salario bruto mensual, incluida la parte proporcional de las pagas extras, de 709,96 #.
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- La demandante formuló ante la Inspección de Trabajo denuncia contra la empresa demandada, por incumplimiento de la obligación de abono de salarios. La Inspección, tras realizar las averiguaciones correspondientes, levantó acta de infracción contra la empresa y realizó el informe de fecha 2.06.2009 que ora en autos (documento nº 1 aportado por la actora) cuyo contenido se da por reproducido.
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- La demandada no ha satisfecho a la actora los salarios devengados desde el mes de enero de 2009, y, en cuanto a los salarios devengados durante el año 2008, éstos se han abonado en las fechas en que constan en...
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