ATS, 5 de Octubre de 2010

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2010:12402A
Número de Recurso341/2010
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Octubre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "MAHIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L." se presentó escrito interponiendo recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, con fecha 14 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Valladolid (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 354/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 642/2008 del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Valladolid.

  2. - Habiéndose tenido por interpuestos los recursos, se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes con fecha 17 de febrero de 2010.

  3. - Formado el presente rollo, por la Procuradora Sra. Vázquez Senín se ha presentado escrito en fecha 9 de marzo de 2010, en nombre y representación de "MAHIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L.", personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, la Procuradora Sra. Capilla Montes presentó escrito con fecha 11 de marzo de 2010, en nombre y representación de "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000, NUM000, NUM001, NUM002 Y NUM003, CALLE001, NUM004 Y NUM005, Y CALLE002, NUM006, NUM007, NUM008 Y NUM009, BLOQUE NUM010, DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA (VALLADOLID)", personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el deposito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de "MAHIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L.", al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en los arts. 469, 470.1 y 2, 471, 479.1 y 3 y 481 de la LEC 2000, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 de la LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  3. - ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de "MAHIA GRUPO INMOBILIARIO, S.L." contra la Sentencia dictada, con fecha 14 de diciembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Valladolid (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 354/2009, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 642/2008 del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Valladolid.

  4. - Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC, contra esta resolución no cabe recurso alguno.

    Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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