AAP Madrid 34/2010, 10 de Septiembre de 2010

PonenteJAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTIN
ECLIES:APM:2010:13266A
Número de Recurso268/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución34/2010
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Juicio de Faltas nº 710/09

Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid

Rollo nº 268/10

BALLESTEROS

A U T O Nº 34/ 2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /

SECCIÓN CUARTA /

MAGISTRADOS /

D. JAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTÍIN /

______________________________________/

Madrid, a diez de septiembre de dos mil diez.

H E C H O S
PRIMERO

Por D. Miguel Ángel mediante escrito de fecha 12 de Enero de 2010 se formuló Recurso de Reforma y subsidiario de Apelación contra la Providencia de fecha 19 de Noviembre de 2009 que deniega el traslado de información médica al médico-forense.

El Recurso de Reforma fue desestimado por Auto de fecha 29 de Junio de 2.010 .

El Ministerio Fiscal interesa la desestimación del Recurso interpuesto por escrito de 23 de Junio de 2010.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sección, se forma el Rollo correspondiente y se designa Magistrado encargado de resolver el Recurso presentado al Ilmo Sr. D. JAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTÍIN.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

D. Miguel Ángel recurre la Providencia que deniega dar traslado al médico-forense, argumentando que la información médica posterior al informe médico-forense puede afectar al Auto de Cuantía Máxima.

SEGUNDO

La Resolución objeto de Recurso argumenta que no ha lugar a lo interesado porque las actuaciones están archivadas por primera asistencia. El escrito que dio lugar al precitado Proveído interesaba dicho traslado por si la nueva información médica pudiera influir en la sanidad, previamente al dictado del Auto de Cuantía Máxima.

El Auto que resuelve el Recurso de Reforma basa su argumentación en que los hechos no son constitutivos de infracción penal.

Consta Auto decretando el Archivo de las actuaciones de fecha 21 de Septiembre de 2009 por no ser los hechos constitutivos de infracción penal.

La precitada argumentación en que se basa dicho Archivo es la correspondiente a un Sobreseimiento Libre del nº2 del artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que conlleva la imposibilidad de la reapertura de las actuaciones.

El dictado de Auto de Cuantía Máxima está contemplado en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor que establece "Cuando en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR