STSJ Navarra , 16 de Enero de 1995

PonenteIGNACIO MERINO ZALBA
Número de Recurso475/1991
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 1995
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

Iltmos. Sres.:

Presidente, D. Joaquín Mª Miqueleiz Bronte Magistrados, D. Ignacio Merino Zalba D. José Mª Ruiz Ojeda Ruiz En Pamplona, a dieciséis de enero de mil novecientos noventa y cinco.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso Nº 475/91 promovido contra acuerdo del Gobierno de Navarra de 23-5-91 que desestima el recurso de alzada interpuesto contra Resolución del director General de Salud de 9-4-91 por la que se autoriza la apertura e instalación de una oficina de Farmacia de Erro, siendo en ello partes: como recurrente Dª Alicia , representada por el Procurador Sr. Laspiur y dirigida por el Letrado Sr. García Tellechea, como demandado EL GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado, y como coadyuvante Dª Almudena , representada por el procurador Sr. Grávalos y dirigida por el Letrado Sr. Jimenez.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- Los que se derivan de los fundamentos de Derecho primero a cuarto de la presente resolución.

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ignacio Merino Zalba.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de abril de 1.991, el Director General de Salud dictó Resolución por la que se concedía autorización para la apertura e instalación de una oficina de Farmacia en Erro. a Dª Almudena .

Dª Alicia interpuso recurso de alzada contra la citada Resolución, el cual fue desestimado por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 23 de mayo de 1.991.

SEGUNDO

Contra el anterior Acuerdo, Dª Alicia interpone el presente recurso contencioso-administrativo, poniendo de relieve que: el Municipio de Erro, según publicación del Gobierno de Navarra, al 1 de enero de 1.989, tenía una población de 845 habitantes; según el avance de Resultados del Censo de Población de 1.991, el Municipio de Erro tiene una población de 761 habitantes de derecho y 788 de hecho.

En cuanto a las consideraciones jurídicas, expresa que:

  1. Se ha vulnerado el Derecho Constitucional de la igualdad recogido en el art. 14 de nuestra Carta Magna por cuanto el Gobierno de Navarra no sigue los criterios del Real Decreto de 14 de abril de 1.978 y normas concordantes en cuanto a justificar la existencia de "municipio" para posibilitar cualquier oficina de Farmacia, sino que determina los cuatro puntos básicos en que se apoya la concesión de apertura de una Oficina de Farmacia y en los que el concepto de "Municipio" no es un término absolutamente válido para la concesión sin más de la Farmacia. El criterio de concesión de apertura de oficinas de Farmacia a los distintos Municipios no se opera en razones exclusivas del solo hecho de ser Municipio sino que se atiende a otras razones; b) Las cuatro circunstancias que se dan en Navarra y por el Gobierno de la Comunidad Foral para la concesión de la apertura de Farmacias, son: 1ª.- número de habitantes: superior a 500. 2ª.- isocrona a Farmacia más próxima: superior a 10 minutos. 3ª.- existencia de municipios próximos sin oficina de Farmacia que verían considerablemente mejorada su atención farmacéutica; c) La apertura de la Oficina de Farmacia en Erro se ha concedido sin reunirse los requisitos señalados: en cuanto al número de habitantes del Municipio de Erro, según el avance de población de 1.991, es de 761 habitantes y la población de Espinal se encuentra a 4 Km. de Burguete, donde la recurrente tiene instalada su Farmacia, y a 11 Km. de Erro.

La localidad de Mezquiriz se encuentra a 9 Km. de Burguete y a 8 Km. de Erro.

A los efectos, por tanto, de isocrona a Farmacia más próxima, no puede ser contada la localidad de Espinal que, en este momento, tiene una población de 260 habitantes, con lo que restando dicha cifra de los 761 habitantes que tiene en este momento el Municipio de Erro, quedan 501 habitantes; y descontándole además la localidad de Mezquíriz, se quedaría en 399 habitantes; y ninguna de las localidades que componen el Municipio de Erro tiene un Centro de Salud.

También se alega desviación de poder...

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