STSJ Castilla y León , 12 de Septiembre de 1997

PonenteMARIA CONCEPCION MIRANDA DE MIGUEL
Número de Recurso1674/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 1997
EmisorSala de lo Contencioso

emplazamiento de una planta de cogeneración de Energía Eléctrica en el término municipal de Carrascal del Río (Segovia)

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a doce de Septiembre de mil novecientos noventa y siete.

En el recurso número 1674/95, interpuesto por INDUSTRIAS DEL CUARZO S.A. representada por la Procuradora Dña. Ana Marta Miguel Miguel y defendida por la Letrada Dña. Cristina Bonal Fernández, contra Acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Segovia del Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por el que se deniega la autorización para el emplazamiento de una planta de Cogeneración de Energía Eléctrica en el término municipal de Carrascal del Río (Segovia)

habiendo comparecido, como parte demandada la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por el Sr. Letrado de la Comunidad Autónoma en virtud de representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 21 de diciembre de 1.995.

Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 11 de Mayo de 1.996, que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que: "estimando en su totalidad las alegaciones de este parte, anule el Acuerdo dictado por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de fecha once de octubre de mil novecientos noventa y cinco, por no ser conforme a Derecho, ordenando se dicte otro concediendo a mi representada la Licencia de Obras y Actividad solicitada para el establecimiento de la Central de Cogeneración Térmica y Eléctrica a desarrollar en la fábrica de INDUSTRICAS DEL CUARZO, S.A. en el término municipal de Carrascal del Río".

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal al Letrado de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, quien contestó a medio de escrito de 5 de Noviembre de 1.996, oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, que obran unidos al recurso y señalándose el día 28 de Julio de 1.997 para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso jurisdiccional es el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Segovia del Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por el que se deniega la autorización para el emplazamiento de una planta de Cogeneración de Energía Eléctrica en el termino municipal de Carrascal del Río (Segovia).

SEGUNDO

Por la parte recurrente se alega vulneración de los principios de actos propios, seguridad jurídica y eficacia en la actuación administrativa, sobre la base de la personalidad jurídica única de las Administraciones Públicas, no pudiendo la Consejería de Economía y Hacienda, órgano dependiente e integrante de la Junta de Castilla y León conceder el estatuto de generador a dicha parte, y luego la Comisión Provincial de Urbanismo, denegar la licencia de instalación y funcionamiento.

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