STSJ Comunidad Valenciana , 9 de Diciembre de 1997

PonenteJOSE MARIA ORDEIG FOS
Número de Recurso4380/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 1997
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº 4.380/95 Recurso contra Sentencia núm. 4.380/95 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilmo. Sr. D. Jose Javier Morro López En Valencia, a nueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3.181/97 En el Recurso de Suplicación núm. 4.380/95, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de octubre de 1.995, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 13 de Valencia, en los autos núm. 7.727/95 , seguidos sobre gastos médicos, a instancia de Jose Luis , asistido por el Letrado D.José Antonio López Carrillo, contra el Servicio Valenciano de Salud y contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social , y en los que es recurrente la parte demamdante, habiendo actuado como Ponente el/aIlmo. Sr. D. José María Ordeig Fos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23 de octubre de 1.995 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que con desestimación de la demanda formulada por Jose Luis debo absolver y absuelvo a la Conselleria de Sanidad y Consumo de la Generalidad Valenciana del reintegro de gastos instado en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante Jose Luis , afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , pensionista por invalidez permanente absoluta, padre de la niña María Angeles , de 10 años que se encontraba afecta de un retraso en el crecimiento corporal.- SEGUNDO.- Que el 6-4-1.990 acudieron al Hospital La Fe, Servicio de Endocrinoligía Infantil, sin que se les prescribiera tratamiento alguno para la niña y por entender el facultativo de dicho Hospital que no procedía administrarle tratamiento con hormona de crecimiento.

Preocupados los padres acudieron a la consulta privada del especialista en Endocrinología y Nutrición D. Francisco que administró a la niña Ornicetil anabolizante no hormonal y un tratamiento con la hormona de crecimiento biosintética comercializada con el nombre de Humatrope, experimentando un crecimiento espectacular de seis centímetros en tres meses.- TERCERO.- El tratamiento hormonal suministrado a la niña por la medicina privada ascendió a 550.134 pesetas, mas 9.000 pesetas el practicante, gastos médicos que se reclaman en este procedimiento.- CUARTO.- El actor en fecha 10-1-95 interpuso la preceptiva reclamación administrativa.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo debidamente impugnado por el demandado Servicio Valenciano de Salud . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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