STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Diciembre de 1997

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
Número de Recurso1042/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 1997
EmisorSala de lo Contencioso

R° 1042/95 SENTENCIA Nº 1228 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION OCTAVA Ilmos. Sres.

Presidente Dña. Inés Huerta Garicano Magistrados D. Miguel Angel Vegas Valiente D. Ricardo Sánchez Sánchez En la Villa de Madrid a tres de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 1042/95, interpuesto por la Procuradora Dña. Elsa María Fuentes García, actuando en nombre y representación de D. Jesús Ángel , contra la Resolución del Excmo. Sr. Ministro de Defensa de 8 de agosto de 1995, en cuanto desestimatoria del recurso ordinario entablado frente a la de la Subdirección General de Prestaciones del ISFAS de 5 de mayo de ese mismo año, por laque se le deniega su petición de reconocimiento de pensión de inutilidad física del Régimen Especial de la Seguridad Social de las FAS. Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase la resolución impugnada.

SEGUNDO; El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicó se dictase sentencia por la que se confirmen las resoluciones recurridas.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción y verificadas, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y Fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 2 de diciembre de 1997, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si las Resoluciones impugnadas por las que se deniega una pensión del Régimen Especial de la Seguridad Social de las FAS por las lesiones que padece el demandante y que motivaron su declaración de inutilidad física como producida en acto de servicio a efectos del reconocimiento de la indemnización prevista en el art. 3º.3 del Real Decreto 1234/90 , son o no conformes con el ordenamiento jurídico.

Las alegaciones en las que la parte actora funda, básicamente, su pretensión impugnatoria son:

  1. Inaplicación al caso del Real Decreto 1234/90, de 11 de octubre , por tratarse de una norma posterior a la fecha de las lesiones y consiguiente origen de los derechos del demandado.

  2. Inexistencia de incompatibilidad entre las indemnizaciones y pensiones de clases pasivas y las indemnizaciones y pensiones del Régimen de la Seguridad Social de las FAS. c) En el supuesto, meramente dialéctico, de que existiera tal incompatibilidad, corresponde al recurrente el derecho de optar por una u otra.

SEGUNDO

Del expediente remitido por la administración demandada y de las alegaciones vertidas en los escritos forenses de las partes, quedan acreditados los siguientes hechos de interés para la resolución de este pleito:

1) D. Jesús Ángel , se incorporó a filas, para prestar el Servicio Militar en el acuartelamiento de El Ferral, el día 30 de noviembre de 1989, sufriendo un...

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