STSJ Galicia , 14 de Enero de 1998

PonenteJUAN JOSE REIGOSA GONZALEZ
Número de Recurso1588/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Enero de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001588 /1994 SECCIÓN PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 4 1998 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. JUAN JOSÉ REIGOSA GONZÁLEZ.

D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRÍGUEZ En la Ciudad de A Coruña, a catorce de enero de mil novecientos noventa y ocho.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001588 /1994, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Rodrigo , representado y dirigido por el Abogado D. DANIEL PEREIRO CACHAZA, contra resolución de 27 /6 /94 de las Direcciones Generales de Enseñanzas Medias y Formación Profesional (Conselleria de Educación y Ordenación Universitaria); sobre normas adjudicación destino provisional curso 94/95, entre profesores enseñanza secundaria, TFP y otros. Es parte como demandada LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO; Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El recurrente es profesor en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.- En la resolución de 27 de junio de 1994, se dictan normas para la adjudicación de destino provisional para el próximo curso académico 1991 -95, entre profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores y maestros de taller de escuelas de artes plásticas y diseño, que no tenían destino definitivo.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, declarando nula, anule, revoque y deje sin efectos la resolución recurrida y en otro caso declarando la nulidad de la inclusión en el apartado a) de la Base Segunda de la resolución impugnada del profesorado que figurando inicialmente en las relaciones de los opositores que superen el procesamiento selectivo convocado por la Orden de 24 - 4 -91.- A medio de otrosí solicita el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso, o en otro caso desestimándolo.

TERCERO

De la inadmisibilidad alegada, se confirió traslado a la parte actora y recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

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