STSJ Galicia , 14 de Enero de 1998

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
Número de Recurso1806/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Enero de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001806 /1994 SECCIÓN PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 13 1998 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. JUAN JOSÉ REIGOSA GONZÁLEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRÍGUEZ En La Ciudad de A Coruña, a catorce de enero de Mil novecientos noventa y ocho.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001806 /1994, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Lucas , que comparece en nombre propio, contra Resolución de la Dirección General de la Policía de 24.05.94 sobre Denegación de abono de la indemnización por residencia eventual.

Es parte como demandada DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO; siendo la cuantía del recurso la de indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

RESULTANDO que admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: el recurrente pertenece a la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía y se encuentra prestando sus servicios en la Unidad adscrita a la Xunta de Galicia; antes de su ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, tras ser nombrado funcionario en prácticas, realizo un curso selectivo en la Escuela General de Policía, ubicada en Avila; tras la superación de dicho curso, realizó el periodo de prácticas en la Comisaria de Barcelona desde el 1 /7 /91 a 4 /7 /92, sin que en el mismo se le hubiese abonado cantidad alguna en concepto de indemnización por razón de servicio.- Invoca los fundamente de derecho que estima procedentes y suplica que se dicte sentencia que, estimando el recurso declare el derecho del recurrente a percibir las retribuciones complementarias al puesto de trabajo durante el periodo de prácticas real izado y a percibir el ochenta por ciento de la dieta entera en concepto de indemnización por residencia eventual; a medio de otrosí interesa el recibimiento a prueba.

RESULTANDO que conferido traslado de la demanda al Abogado del Estado, éste evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimado el recurso, por haberse ajustado a Derecho la resolución recurrida.

RESULTANDO que por Auto de fecha 8 de Marzo de 1995 la Sala acuerda recibir el procedimiento a prueba, practicándose la admitida y declarada pertinente y cuyo resultado obra en autos.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATC 8/2001, 17 de Enero de 2001
    • España
    • 17 Enero 2001
    ...enero de 1998 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (recurso núm. 1806/1994), resolutoria de un recurso contra una resolución de la Dirección General de la Policía sobre reclamación de indemnización por residencia Los ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR