STSJ Asturias 3175, 4 de Diciembre de 1998

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
Número de Recurso1814/1998
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3175
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo nº 2/1814/98 Autos nº 873/97 Gijón nº 2 Sentencia nº 2996/98 Ilmo. Sr. D. Francisco Javier García González Presidente Ilma. Sra De Carmen Hilda González González Ilmo. Sr. D. José Alejandro Criado Fernández En Oviedo a cuatro de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis Manuel , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 2 de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. José Alejandro Criado Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por 17. Luis Manuel , ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Gijón en reclamación de faltas de medidas de seguridad siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Asepeyo y la empresa Asfaltos del Principado, .el:, y celebrado el acto del juicio oral por el mencionado Juzgado de lo Social, se dictó sentencia de fecha diez de febrero de mil novecientos noventa y ocho, por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , y venía prestando servicios por cuenta de la empresa Asfaltos del Principado, S.L. el día 19 de Abril de 1996, fecha en la que sufrió un accidente laboral que le ocasionó las siguientes secuelas: Amputación parcial del primer dedo del pie derecho a nivel de FD (+del 50%) con desaparición de uña y lecho ungueal. Muñón con buen trofismo. Plantillas ortopédicas de metatarsalgia. Dolor por algodistrofia.

  2. - Tras ser practicadas actuaciones por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se extendió

    Acta de Infracción y Anexo que, unidos a la causa y vista su extensión, han de darse aquí por reproducidos.

  3. - Por Resolución del Director Provincial de Asturias del instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 30 de Junio de 1997, se declara la procedencia de e las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo antes descrito sean incrementadas en el 30% con cargo a la empleadora demandada por haberse observado falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el siniesto ya reseñado.

  4. - Contra tal resolución se interpuso la preceptiva reclamación previa y tras confirmarse el inicail pronunciamiento el 13 de Enero del año en curso quedó agotada la vía administrativa.

  5. - El referido accidente se odujo mientras el trabajador áccionante, que detentaba la categoría profesional de peón, participaba en las tareas de pavimentación y asfaltado del camino de una urbanización en Porceyo: en un momento dado y ante el deslizamiento de la máquina extensora de aglomerado, pilotada por Mariano y en funcionamiento aquel trabajador y el también operario Jose Carlos con el fían de hacer contrapeso se encaramaron sobre las tolvas o trampillas derecha e izquierda situadas sobre una parte de la máquina; cuando ésta dejó de resbalar el referido pioto les indicó...

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