STSJ Cantabria , 31 de Marzo de 1998

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
Número de Recurso1245/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 398/98.

Rec Núm. 1.245/96.

Sec. Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Iltma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias Santander, treinta, y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres.

citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Germán contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Santander ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda D. Germán , siendo demandados el Instituto Social de la Marina y otros, sobre cantidad, y que en su día se celebró el acto de la vista habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en 25 de junio de 1.996 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon Los siguientes:

  1. - El actor D. Germán , es pensionista de jubilación de la Seguridad Social, percibiendo el complemento al mínimo por cónyuge a cargo.

  2. - La esposa del actor Dª. Gema , percibe una pensión de jubilación de la Seguridad Social» con un importe bruto anual de 512.600 pesetas.

  3. - por resolución de 26-7-95 se notifica al actor la supresión del complemento al mínimo por cónyuge a cargo, congelando la pensión en la cuantía establecida para diciembre de 1.993 y reclamando un cobro indebido por importe de 70.330 pesetas, para el periodo de 1-7-90 al 31-7-95.

  4. - Formulada reclamación previa de 29-8-95, fue desestimada por silencio administrativo.

  5. - Se ha agotado la vía administrativa previa, dándose por reproducido en su integridad el expediente administrativo seguido.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Se plantea en el recurso el alcance de las facultades de revisión de oficio de los actos declarativos de derecho por parte de los organismos gestores de la Seguridad Social, al denunciarse por el recurrente la infracción del art. 145 de la L.P.L . Estima el demandante que las Entidades gestoras no...

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