STSJ Andalucía , 6 de Mayo de 1998

PonenteRAFAEL OSUNA OSTOS
Número de Recurso2186/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA RECURSO Nº 2186/95 L. SENTENCIA ILTMOS. SEÑORES Don Rafael Osuna Ostos Don Victoriano Valpuesta Bermúdez Don Ignacio de la Cueva Aleu En Sevilla, a seis de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Tercera, formada par los Magistrados que al margen se expresan, ha visto EN NOMBRE DEL REY el recurso número 2186/95 interpuesto por Dª Mariana , representada y defendida por el Letrado D° Aurelio Orrillo Lara contra resolución dictada por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cádiz, representado por el Procurador D. Ignacio Meana Wert y defendido por Letrada en ejercicio: Actuando como parte codemandada Dª Carina , Dª Frida , Dª. Alonso y Dª Paula representados por el Procurador D°

Antonio Candil de Olmo y defendidos por Letrado en ejercicio. La cuantía ha sido fijada en indeterminada.- Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael Osuna Ostos.

ANTECEDENTES
PRIMERO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.- SEGUNDO: En su contestación la parte demandada solicitó de la Sala la desestimación del recurso interpuesto.- TERCERO: Requeridas las partes para que presentaran el escrito de conclusiones que determina el art. 78 de la L.J.C.A ., evacuaron dicho trámite mediante los escritos que obran unidos a las actuaciones.

CUARTO

Señalado día para la votación y Fallo del presente recurso ha tenido efecto en el designado, en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOSJURIDICOS
PRIMERO

Dª Mariana , farmacéutica, vecina de San Roque por escrito presentado el 14- 12-95

interpone recurso contencioso administrativo contra la desestimación tácita del Conseja General de Colegios Oficiales de farmacéuticos del recurso ordinario formulado contra la resolución del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cádiz de 31 de Mayo del 95 que le denegó la autorización de una apertura de una nueva oficina de farmacia que había solicitado en el Término Municipal de Algeciras al amparo de lo dispuesto en el art. 3-1°- B del R.D. 909/87...

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