STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Mayo de 1998

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
Número de Recurso989/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Social

3 R.C.sent.nº 989/95 Recurso contra Sentencia núm. 989 de 1.995 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas En Valencia, a catorce de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1.595 de 1.998 En el Recurso de Suplicación núm. 989/95, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de enero de 1.995, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Alicante , en los autos núm. 495/94, seguidos sobre DESEMPLEO, a instancia de Dª Milagros y otros, representados por la letrada Dª Isabel Arroyo, contra el Instituto Nacional de Empleo, representado por la letrada Dª Pilar Tablado, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 3 de enero de 1.995, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda formulada por Dª Milagros , D. Silvio y Dª María Angeles , contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO sobre PRESTACION DE DESEMPLEO, debo declarar y declaro el derecho de los actores al percibo de la Prestación de Desempleo desde la fecha del fallecimiento del Notario, 08-10-93, en la cuantía y duración Reglamentaria debiendo condenar y condeno a la Entidad demandada a estar y pasar por dicha declaración.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"1º.- Que los actores prestaron sus servicios al Notario D. José Mª Lopez Urrutia Fernandez hasta su fallecimiento en fecha 08-10-93, con las siguientes circunstancias laborales: Milagros , Antigüedad 06-06-86, Base Reguladora Desempleo diaria 3.340 ptas.; Silvio , Antigüedad 23-01-85, Base Reguladora Desempleo Diaria 3.490 ptas., María Angeles , Antigüedad 15-01-80, Base Reguladora Desempleo Diaria 3.490 ptas.

  1. - Que en fecha 26-10-93 solicitaron prestaciones de Desempleo, siendoles denegadas por Resolución del I.N.E.M., notificada en fecha 22-02-94, por considerar que la pensión de cesantia es incompatible con la percepción de dicha prestación por ser renta salarial. 3º.- Que contra dicha Resolución interpusieron la correspondiente RECLAMACION PREVIA el día 23 de Marzo de 1994, que fué contestada expresamente por la Entidad demandada en fecha 4 de Mayo de 1994, desestimando la misma por las mismas razones.

  2. - Que los actores solicitan se declare el derecho de los mismos al percibo de la Prestación de Desempleo, desde la...

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