STSJ Cataluña , 15 de Septiembre de 1998

PonenteEMILIO DE COSSIO BLANCO
Número de Recurso7448/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 7448/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL E. M. ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMO. SR. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMO. SR. D. ODÓN FRANCISCO MARZAL MARTINEZ En Barcelona a 15 de septiembre de 1998 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 6195/1998 En el recurso de suplicación interpuesto por Marisol Y OTROS frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº10 Barcelona de fecha 27/06/97 dictada en el procedimiento nº 115/1997 y siendo recurrido el INSTITUT CATALÁ DE LA SALUT. Ha actuado coma Ponente el Ilmo. Sr. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17/02/97 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Personal estatutario S.S., en la que los actores alegando los hechas y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaban suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27/05/97 que contenía el siguiente Fallo: "Que desestimando la demanda interpuesta por Marisol , Eva , Sonia , Luis Antonio , Gabriela , María Milagros , Guadalupe , María Rosario , Tomás , Mónica , Erica , Carlos María Blanca , Diana Leticia , Carina , Marí

Jose , Marina , Y Fátima , contra INSTITUTO CÁTALA DE LA SALUT, debo absolver y absuelvo a la parte de todos los pedimentos contra ella dirigidos por la actora en su escrito de demanda."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Los actores, cuyas circunstancias personales y profesionales constan en la demanda, prestan servicios como personal sanitario no facultativo por cuenta del Institut Catalá de la Salut (ICS), en el Hospital de Vall d'Hebrán, con horario de 20 a 8 horas en turno de lunes-miércoles-viernes y domingos alternos.

  2. - Hasta el año 1995 inclusive, por el ICS se reconocían y abonaban como horas extraordinarias para el personal de noche las comprendidas en la totalidad de la jornada cuando ésta se iniciaba en día festivo; por el contrario, integraban la jornada ordinaria las comprendidas entre las 20 y las 8 horas de un festivo cuando se entraba en su víspera.

  3. - El 15.3.96 la dirección de personal del indicado Hospital publicó el calendario laboral para el año 1996 del personal sanitario no facultativo de 10 y de 12 horas (turnos fijos de lunes-miércoles- viernes y martes-jueves-iEiábadosy, que venía precedido de una nota informativa en la que se comunicaba la voluntad de dar respuesta al desequilibrio que se producía en los turnos de noche por coincidir 10 de los 14 festivos intersemanales fijados en el calendario oficial con el lunes- miércoles-viernes y sólo 4 con el de martes-jueves-sábados.

  4. -De acuerdo con dicho calendario, el turno de noche de lunes- miércoles-viernes incluía 7 festivos intersemanales (1/1, 26/5, 23/6, 14/8, 23/9, 11/10 y 25/12) y el de martes-jueves-sábados otros tantos (4/4, 7/4, 30/4, 1019, 31/10, 5/12 y 24/121.

    Asimismo, los turnos de noche de 12 horas totalizan una jornada anual de 1932 horas y los de 10 horas una de 1610 horas, compensando el exceso sobre la ordinaria anual de 1445 horas, con días de libranza y graciables.

  5. - De haberse acudido al criterio vigente hasta 12/95, resultaría en beneficio de las demandantes, por horas extraordinarias en festivos intersemanales dentro del periodo de 4 a 12/95 las siguientes diferencias económicas: Marisol , 256.950.- ptas; Eva , 196.888.- ptas. Sonia , 154.191.- ptas; Luis Antonio , 246.555.-ptas; Gabriela , 50.619.- ptas; María Milagros , 154.494.-ptas; Guadalupe 143.470 ptas; María Rosario , 174.267 ptas; Tomás , 98.406.-ptas; Mónica , 196.672.- ptas; Erica , 250.270.- ptas; Carlos María , 49.225 ptas; Blanca , 154.344 ptas; Diana , 230.559.-ptas; Leticia , 100.350 ptas; Carina , 150.152.-ptas; Marí Jose , 257.595.-ptas; Marina , 103.382.-Atas;...

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