Resolución de 24 de junio de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, sección segunda, de 3 de noviembre de 2008, que ha devenido firme.
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2010 |
Publicado en | BOE, 10 de Agosto de 2010 |
Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, sección segunda, de 3 de noviembre de 2008, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 421/2007, seguido ante la Audiencia Provincial de Murcia, sección segunda, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 17 de julio de 2007, dictada en autos de juicio verbal n.º 1254/2005 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Murcia que estimó la demanda interpuesta por doña María de los Ángeles Cuevas de Aldasoro, Registradora de la Propiedad de Murcia n.º 7, declarando la nulidad por extemporaneidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 21 de septiembre de 2005, sin imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.
FALLAMOS
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Abogado del Estado, en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Murcia de 17 de julio de 2007, confirmamos dicha resolución, imponiendo a la Administración apelante las costas del recurso. Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, don Abdón Díaz Suárez, Presidente, don Andrés Montalbán Aviles y don Álvaro Castaño Penalva, Magistrados de la Audiencia Provincial de Murcia, sección segunda.
Madrid, 24 de junio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.
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