STSJ Murcia , 7 de Octubre de 1998

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
Número de Recurso592/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 592/1997 SENTENCIA nº 552/98 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 552/98 En Murcia a siete de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 592/97, tramitado por el procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada y referido a: sanción urbanística.

Parte demandante:

D. Jesús Luis , representado por la Procuradora Dª. Prudencia Bañón Arias y dirigida por el Letrado D. Francisco Javier Meseguer Martínez.

Parte demandada:

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia, representada por la Procuradora Dª Josefa Gallardo Amat y dirigida por el Letrado D. Antonio Hellín Pérez.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de 20 de diciembre de 1996 dictada por el Consejo de Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia en el expediente nº. 196/96 de la Sección de Disciplina Urbanística.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la resuelva anular el acto administrativo impugnado en el particular referido a la demolición de la obra objeto de sanción, y con plena imposición a la demandada de todas las costas causadas.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 12-3-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia, habiéndose señalado la votación y fallo del recurso para el día 25-9-98.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Doña Elvira puso en conocimiento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia, que en el edificio sito en la calle Maestro Alonso 4 de dicha ciudad, el actor, D. Jesús Luis , había realizado sin la preceptiva licencia municipal una obra de ampliación de su vivienda sita en el piso 1º. B (un balcón), en el patio de luces, ocupando un 40/100 del mismo, como consecuencia de lo cual dicha Gerencia, después de realizar una visita de inspección, inició un expediente de disciplina urbanística que finalizó con la resolución aquí impugnada, la cual aprecia la existencia de una infracción urbanística por realización de obras sin licencia, y impone al actor una multa de 28.980 ptas., así como la obligación de demoler la obra en el plazo de 30 días.

La parte actora no cuestiona en el presente recurso contencioso administrativo la existencia de la infracción, ni la procedencia de la multa impuesta que ha abonado en vía administrativa, sino que se limita a cuestionar la legalidad de la demolición, por entender que infringe el principio de proporcionalidad, atendiendo a la escasa entidad del daño producido a los intereses generales (teniendo en cuenta que el exceso de obra es tan solo de 1,20 metros) y que no causa perjuicios a la Comunidad de Propietarios, ello después de afirmar que la había realizado con la autorización preceptiva, concedida por unanimidad, de la Junta de Propietarios (como resolvió la jurisdicción civil en sentencia confirmada por la Audiencia Provincial).

SEGUNDO

Resulta irrelevante para resolver el presente recurso que el actor hubiera obtenido la preceptiva autorización de la Comunidad de Propietarios, concedida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR