STSJ Comunidad de Madrid 13876, 9 de Noviembre de 1998
Ponente | VALERIANO PALOMINO MARIN |
Número de Recurso | 1675/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 13876 |
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Proc. Sra. Martín Cantón Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 32.780 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN 4º
RECURSO NÚMERO 1675 de 1996 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N°1083 Presidente Ilmo. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres.
D. Valeriano Palomino Marín Dª. Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid, a nueve de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
Visto por la Sala del margen el recurso n° 1675 de 1996 interpuesto por la entidad Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representada por la Procuradora doña Dolores Martín Cantón y defendida por el Letrado don Luis Ortiz de Lanzagorta Álvarez, contra resolución de la Concejalía Delegada de Hacienda y Economía del Ayuntamiento de Madrid, confirmatoria presunta, por silencio administrativo, de liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio de 1994 por la ejercida en la calle Narváez número 17 de esta capital; resolución después expresa de fecha 10 de julio de 1996; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut con dirección de Letrado.
La cuantía del recurso es de 1.144.592 pesetas.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto r mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, declarándose expresamente que la entidad recurrente gozaba de una exención del I.A. E. hasta el 31 de diciembre de 1994, y que se ordene la devolución del aval prestado para garantizar la suspensión con reintegro del coste de dicho aval.
La representación procesal de la parte demanda contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las formularon, reiterando sus pretensiones.
con fecha E de noviembre en curso se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación. r
El fundamento...
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