STSJ Comunidad de Madrid , 1 de Octubre de 1998
Ponente | ENRIQUE JUANES FRAGA |
Número de Recurso | 3606/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 1 de Octubre de 1998 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso numero. 3.606/98. ML. Sección Sexta Sentencia número 1.094/98.
Ilmo. Sr. B. Conrado Durantez Corral Presidente.
Ilmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga Ilmo. Sr. B. Francisco Trujillo Calvo En Madrid a uno de Octubre de Mil novecientos noventa y ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid compuesta por los Ilmos. Sres al margen reseñados y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de suplicación numero 3.606/98, Sección Sexta interpuesto por el Letrado Don Ramón de Roman Diez en nombre y representación de DOÑA Elvira contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social numero 5 de Madrid, de fecha doce de marzo de mil novecientos noventa y ocho . Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga.
Que segun consta en los autos numero 797/97, se presenta demanda por DOPZA Elvira contra ORGANISMO AUTONOMO NACIONAL DE TÉCNICA AEROESPACIAL "ESTEBAN TERRADAS", en reclamación sobre DERECHO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado por el Juzgado de referencia sentencia de fecha doce de marzo de mil novecientos noventa y ocho , en los terminos que figuran en el Fallo de dicha resolución y que se dan por reproducidos íntegramente.
En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS; se declaran los siguientes:
La actora Dª. Elvira viene prestando servicios para el (INTA) Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "ESTEBAN TERRADAS" desde el 8-1-91 con categoría profesional dé peón y salario mensual de 108.123 atas mensuales sin prorrata de pagas extras y en virtud de contratos de carácter temporal de interinidad.
La actora inicia la relación laboral con el INTA en virtud de contrato de trabajo temporal de interinidad celebrado el 8-12-90 para prestar servicios con categoría laboral de peón, habida cuenta de la existencia de vacantes en el cuadro numérico y mientras no se cubra la vacante. En la cláusula quinta del Contrato se establece que el Contrato se extenderá del 3-1-91 y finalizará el día que la vacante se cubra, o en todo caso el día 7-1-92. Dicho contrato finalizó el 12-1-92 sin alegación alguna por harte de la actora.
Con fecha 14-1-92 se formaliza otro contrato de interinidad por vacante similar al anterior, que se pactó, con duración del 14-1-92 y finalizaría el día que la vacante se cubra o en todo caso el día 13-6-92; En fecha 13-6-92 se pactó por las partes cláusula adicional del siguiente tenor literal: Por continuar el día de la fecha sin cubrir la vacante que ocupa interinamente el trabajador objeto del presente contrato, se le prorroga el mismo por un periodo de cinco meses finalizando el día 13-11-92 o el día que la vacante se cubra. Con fecha 13-11-92 se pacta el contrato de trabajo de 12-1-92, una cláusula adicional del siguiente tenor: por continuar el día de la fecha sin cubrir la vacante que ocupa interinamente el trabajador objeto del presente contrato, se le prorroga el mismo por un periodo de dos meses, finalizando el día 13-Enero-93 o el día que la vacante se cubra. Con fecha 18-1-93 se suscribe otro contrato modalidad interino similar a los anteriores por existir vacantes en el cuadro numérico, y mientras no se cubra o en todo caso el día 17-1-94; y con fecha 14-1-94 se pacta cláusula adicional del siguiente tenor literal:
El presente Contrato producirá plenos efectos en la fecha de su firma y finalizará cuando se produzca su cobertura por los procedimientos reglamentarios o convencionalmente establecidos o se proceda a su amortización.
La actora desde su ingreso en el INTA, ha estado como contratada interina destinada en el Area de Materiales Metálicos dependiente de la División de Materiales y Estructuras del Inst. Nacional T.A. y realizando en la Secretaria del Area, trabajos administrativos a) de registro de entradas/salidas de documentos; b) mecanización de informes y resultados de Análisis en ordenador, c) mecanización de cartas y oficios y d) Archivo Genera. tareas que sigue haciendo en la actualidad. a actora no consta haya superado pruebas o concurso para acceder a)laza de carácter fijo del INTA. Se agotó la via previa administrativa.
Contra la referida sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DON RAMON DE ROMAN DIEZ en nombre y representación de DOÑA Elvira , siendo impugnado por el ABOGADO DEL ESTADO en representación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNICA AEROESPACIAL "ESTEBAN TERRADAS".
Y elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y resolución.
Contra la...
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