STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Julio de 1998
Ponente | MARIA FATIMA ARANA AZPITARTE |
Número de Recurso | 1559/1995 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Julio de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso 1559/95 SENTENCIA NUMERO 553 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:
Presidente Dña. Fátima Arana Azpitarte.
Magistrados:
Dña. Francisca María Rosas Carrión.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.
En la Villa de Madrid, a dos de julio de mil novecientos noventa y ocho.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1559/95, interpuesto por D. Ángel Daniel , defendido y representado por el Letrado D. Alberto Fernández de Blas, contra la resolución dictada con fecha 16 de junio de 1995, por el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, por la que se acordaba la desestimación del recurso de reposición interpuesto por el recurrente y confirmando la sanción impuesta, en el Expediente número 1144/94/ PG/eb licencia Núm NUM000 . Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 31 de mayo de 1996, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.
Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 13 de septiembre de 1996, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Que, por Auto de fecha 28 de octubre de 1996 , se acordó no haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedio a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 2 de julio de 1998, a las 10 horas de su mañana en que tuvo lugar.
VISTOS.- Siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Día. Fátima Arana Azpitarte.
La representación de Ángel Daniel , interpone recurso contencioso- administrativo contra la Resolución de 16.6.95, del Alcalde-presidente del Ayuntamiento de Madrid por la que se desestimó el recurso ordinario de alzada interpuesto contra Decreto de 28.2.95 , del Concejal Delegado del Area de Circulación y Transportes del mismo Ayuntamiento, por el que se impuso al...
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