STSJ Aragón 578/2010, 28 de Julio de 2010

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2010:397
Número de Recurso512/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución578/2010
Fecha de Resolución28 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00578/2010

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

CL.COSO NUM. 1

Tfno: 976 208 360

Fax:976 208 405

NIG: 50297 34 4 2010 0100506

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000512 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0001076 /2009 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 004

Recurrente/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Rollo número: 512/2010

Sentencia número: 578/2010

A. MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARIA MEDINA Y ALAPONT

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a veintiocho de julio de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En los recursos de suplicación núm. 512 de 2010 (Autos núm. 1076/2009 y acumulados 1349/2009 del S. nº 5), interpuestos por las partes demandantes MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA y LIMPIEZAS ZARAGOZA, SA, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 30 de abril de 2010; siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL D. LUIS MELLADO INSTALACIONES, SL, y D. Gines sobre recargo por falta de medidas de seguridad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentaron demandas acumuladas por Makro Autoservicio Mayorista, SA y Limpiezas Zaragoza, SA, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros ya nombrados, sobre recargo por falta de medidas de seguridad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 4 de Zaragoza, de fecha 30 de abril de 2010, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando las demandas acumuladas interpuestas por LIMPIEZAS ZARAGOZA S.A y MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA contra el INSS y TGSS y contra LUIS MELLADO INSTALACIONES SL y contra D. Gines se acuerda confirmar las resoluciones administrativas sobre imposición del recargo del 45% de forma solidaria a LIMPIEZAS ZARAGOZA SA, MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA y contra LUIS MELLADO INSTALACIONES SL en materia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO: D. Gines, trabajador con la categoría de limpiador de la empresa Limpiezas Zaragoza SA, con antigüedad en la misma de 12-3-08 y de 18 años de edad, sufrió accidente de trabajo, el pasado 24-6-08 a las 8 horas en las instalaciones de la empresa MAKRO.

SEGUNDO

La empresa Luis Mellado Instalaciones SL había contratado con MAKRO tareas permanentes de mantenimiento de su centro de trabajo sito en carretera de Logroño km.2,200 de Zaragoza.

La empresa "Luis Mellado Instalaciones SL" contaba con un trabajador, D. Victoriano, técnico de mantenimiento, oficial 1a electricista, que se ocupaba de forma permanente de tareas de mantenimiento en dicho centro comercial.

TERCERO

La empresa MAKRO tiene contratado el mantenimiento preventivo de los elementos eléctricos de alta tensión del centro de transformación con la empresa ELDU Aragón SA"

Mediante dicho contrato ENDESA Energía SAU distribuidora de energía eléctrica se compromete a la entrega del servicio de mantenimiento de alta tensión y limpieza de las estaciones transformadoras a través de ELDU Aragón SA

CUARTO

MAKRO tiene contratadas las limpiezas generales desde hace doce años de su centro con la empresa LIMPIEZAS ZARAGOZA SA que incluyen las líneas de cajas, aparcamiento, zona de recepción de mercancías, muelle de carga, cámaras frigoríficas, oficinas, vestuarios, servicios y sala de descanso. En dicho contrato no se incluía la limpieza de cuartos técnicos.

QUINTO

Con motivo de una visita de directivos alemanes al centro de MAKRO en Zaragoza por la gerencia de MAKRO se encargó al gerente de Limpiezas Zaragoza SA la realización de la limpieza de los cuartos técnicos. Cuando por la Sra. Tomasa, Jefe de Servicios Generales de MAKRO se indicaron al Sr. Cipriano, gerente de Limpiezas Zaragoza SA las instrucciones de limpieza de los cuartos técnicos no se refirió en ningún momento al cuarto de alta tensión (o de transformación). A su vez el gerente de Limpiezas Zaragoza SA transmitió el encargo al Sr. Fulgencio, encargado de limpiezas especiales de Limpiezas Zaragoza SA, comentándole verbalmente el encargo de que tenían que limpiar unos cuartos especiales en MAKRO, y manifestándole que como no sabía donde estaban esos cuartos y si tenía alguna duda que preguntase a Tomasa o a la Sra. Macarena, también limpiadora de MAKRO

Los cuartos técnicos en el centro de MAKRO son los siguientes: sala de bombas, caldera de calefacción, compresores frigoríficos y cuarto de transformación (o de alta tensión).

SEXTO

El pasado 24-6-08 Fulgencio, encargado de limpieza Zaragoza S.L, envió a una cuadrilla a limpiar dichos cuartos técnicos, compuesta por tres limpiadoras y el Sr. Gines .

Habiendo acabado la limpieza de otros cuartos, y hallándose cerrado el de alta tensión, el Sr. Victoriano, encargado de mantenimiento en MAKRO, pidió a Seguridad del centro que le abriese el cuarto de alta tensión. El Sr. Victoriano, advirtió a Dª. Angustia y a Gines que no limpiasen el lado izquierdo de dicho cuarto porque había corriente y que limpiasen las telarañas y barriesen el suelo. Como la Sra. Angustia no alcanzaba las telarañas, el Sr. Gines cogió una barra metálica para alcanzarlas, momento en el que se oyó un fuerte ruido cayendo al suelo desplomado el Sr. Gines .

Mientras limpiaban el Sr. Gines y su compañera en dicho cuarto de alta tensión, el Sr. Victoriano no les acompañó, al salir del cuarto por haber recibido una llamada del gerente de MAKRO Sr. Dionisio . El Sr. Fulgencio, encargado de limpiezas especiales de Limpiezas Zaragoza no estaba acompañando a las trabajadoras y al Sr. Gines cuando entraron en el cuarto de transformadores, pues se había marchado de MAKRO unas horas antes.

Dicho cuarto de alta tensión se encuentra señalizado en la forma "no tocar, peligro de muerte" en la puerta exterior de acceso.

Nunca antes del accidente se había encargado por MAKRO a Limpiezas Zaragoza la limpieza de los cuartos especiales.

SÉPTIMO

El Sr. Gines padeció parada cardiorrespiratoria por electrocución, daño cerebral con afectación frontal leve- moderado por hipoxia cerebral tras la parada cardiorrespiratoria, rabdbmiolisis y escaras por quemadura eléctrica en hipocondrio izdo y en pie derecho con quemadura de 3° grado en 4° y 5° dedos con necrosis parcial de la herida del pie, según informe del médico forense. Estuvo hospitalizado durante 8 días. Al actor le han sido reconocidas lesiones permanentes no invalidantes por parte del INSS, si bien ha reclamado incapacidad permanente en vía judicial estando pendiente de próximo acto de juicio.

OCTAVO

La empresa Limpiezas Zaragoza SA cuenta con un informe de análisis y evaluación de puestos de trabajo elaborado por un Servicio de Prevención externo, FREMAP, de fecha 15-4-08 en el Centro MAKRO que obra en autos en folios 486 a 516 de autos.

El Sr. Gines asistió a la actividad formativa impartida por FREMAP en fecha 19-5-08 de una hora de duración. La empresa MAKRO cuenta con un informe de prevención, propio, de Febrero de 2006 que obra en autos en folios 518 a 543, en el que se prevé como riesgo los contactos eléctricos y sus medidas preventivas (folio 527 de autos).

NOVENO

A consecuencia del accidente se levantó por la Subdirección de Trabajo acta de infracción tras informe de Inspección de Trabajo, en sendas resoluciones de 15-7-09 se declaró la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el accidente sufrido por el Sr. Gines declarando la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social sean incrementadas en el 45% con cargo a las empresas responsables de forma solidaria LIMPIEZAS ZARAGOZA SA, LIMPIEZAS MELLADO SL y MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA

Fueron desestimadas las reclamaciones previas interpuestas por las empresas LIMPIEZAS ZARAGOZA SA y MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA SA

DÉCIMO

A las tres empresas se les ha impuesto una sanción a cada una de ellas en relación al accidente de trabajo del Sr. Jiménez por importe de 12.000 euros en resoluciones de fecha 4-2-09.

UNDÉCIMO

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Zaragoza se siguen Diligencias Previas 2953/08 por este accidente.

La empresa Luis Mellado Instalaciones SL está de baja actualmente en Seguridad Social.".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpusieron recursos de suplicación por las partes demandantes, siendo impugnados dichos escritos por la parte demandada Instituto Nacional de la Seguridad Social y D. Gines .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Recurso interpuesto por Makro Autoservicio Mayorista, SA

PRIMERO

Las empresas Makro Autoservicio Mayorista, SA (en adelante, Makro) y Limpiezas Zaragoza, SA, interpusieron sendas demandas acumuladas impugnando el recargo del 45 por 100 de las prestaciones económicas de la Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo que sufrió D. Gines el 24-6-2008. La sentencia de instancia desestimó las demandas. Contra ella recurren en suplicación ambos demandantes. La mercantil Makro Autoservicio Mayorista, SA formula dos motivos al amparo del art. 191.c) de la Ley de Procedimiento Laboral, en los que denuncia la infracción del art. 123 de la Ley General de la Seguridad Social y de la jurisprudencia que cita, postulando que se estime la demanda, dejando sin efecto el recargo prestacional y...

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