STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Abril de 1998
Ponente | EDUARDO CALVO ROJAS |
Número de Recurso | 2211/1995 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA PROC. SR. HIDALGO SENEN A. del E.: RISQUETE 1028/96 PROC. SR. ORTIZ CAÑAVATE LEVENFELD Recurso 2211/95 SENTENCIA Nº 494 Ilmos. Sres.
Presidente D. Eduardo Calvo Rojas (Ponente)
Magistrados D. José Ignacio Parada Vázquez D. José Alberto Gallego Laguna En la Villa de Madrid a veinte y tres de abril de mil novecientos noventa y ocho.
La Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso contencioso-administrativo número 2211/95 interpuesto por la CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE MADRID, representada por el Procurador D. Cesáreo Hidalgo Senen (que sustituyó en dicha representación al Abogado D. Alberto Duran Ruiz de Huidobro), contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 21 de diciembre de 1994 que estimó la reclamación nº
8.112/93 formulada por RUÉ SYSTEMS, S.A. contra liquidación del recurso cameral permanente practicada conforme a la Ley de 29 de junio de 1911. Ha sido parte en las presentes actuaciones la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por la Abogacía del Estado, así como la mencionada entidad RUÉ
SYSTEMS, S.A.. representada por la Procuradora Da Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizase la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 2 de abril de 1996 en el que tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos termina solicitando el dictado de sentencia estimatoria del recurso en la que se anule la resolución del TEAR impugnada y se declare ajustada a derecho la liquidación del recurso cameral a que la misma se refiere.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 24 de septiembre de 1996 en el que solicita "...que se dicte sentencia ajustada a derecho".
En el mismo trámite de contestación a la demanda la representación de la codemandada presentó escrito con fecha 18 de septiembre de 1997 en el que solicita que se dicte sentencia desestimando el recurso y declarando ajustada a derecho la resolución del TEAR impugnada.
No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes para que formulasen sus conclusiones- Tras la presentación de los oportunos escritos (la representación de la entidad codemandanda no presentó escrito de conclusiones) quedaron las actuaciones pendientes de nuevo señalamiento para votación y fallo fijándose finalmente al efecto el día 22 de abril del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.
Ha sido PONENTE el Iltmo. Sr. D. Eduardo Calvo Rojas.
El presente recurso lo dirige Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 21 de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba